Factura Electrónica Obligatoria vs Verifactu: en Qué Se Diferencian y Cuál Te Afecta
La respuesta directa: son dos normas distintas, de ministerios distintos, con fechas distintas, y ninguna de las dos está en vigor todavía a agosto de 2026. Verifactu regula el software con el que haces las facturas; la factura electrónica de la Ley Crea y Crece regula el intercambio de facturas entre empresas. Cumplir una no exime de la otra. El cuadro que lo aclara todo:
| Verifactu | Factura electrónica B2B | |
|---|---|---|
| Norma | RD 1007/2023 + RD-ley 15/2025 | Ley Crea y Crece + RD 238/2026 |
| Qué regula | Requisitos antifraude del programa de facturación: registros inalterables, QR, envío a la AEAT | Formato e intercambio de facturas entre empresas, con estados de aceptación y pago (antimorosidad) |
| A quién afecta | Casi todos los que facturan con software, aunque sea a particulares (excluidos SII y forales) | Solo operaciones entre empresas y autónomos (B2B) con sede en España |
| Fechas | 1-1-2027 (sociedades) y 1-7-2027 (autónomos), ya en el BOE | Previstas: finales de 2027 (facturación >8 M€) y 2028 (resto), pendientes de la orden ministerial definitiva |
| ¿Vale un PDF? | No es la cuestión: regula el programa, no el formato | Hoy sí; con el nuevo sistema, no (formatos estructurados tipo Facturae/UBL) |
Verificado el 24 de agosto de 2026 en el BOE (RD 238/2026, RD-ley 15/2025) y la Sede de la AEAT. Las fechas de la factura electrónica B2B dependen de una orden ministerial aún en tramitación: trátalas como previsión.
Por qué se confunden (y quién gana con la confusión)
Las dos hablan de facturas, las dos exigen adaptar tu manera de facturar y las dos han sonado en las noticias a la vez. Resultado: media España cree que «la factura electrónica es obligatoria en 2026», y no es verdad en ningún caso. La confusión además vende: cuanto más urgente parezca todo junto, más fácil es colocarte un software hoy. Los seis malentendidos que más vemos:
- «Son lo mismo.» No: una regula tu programa (Hacienda), la otra el intercambio B2B (Economía).
- «Es obligatorio en 2026.» No: Verifactu arranca en 2027 y la B2B, previsiblemente, entre 2027 y 2028.
- «Con un PDF por email ya cumplo la factura electrónica.» Hoy vale; con el nuevo sistema B2B, no.
- «Si mi software cumple Verifactu, ya cumplo Crea y Crece.» No: son acumulativas e independientes.
- «Verifactu solo afecta a quien factura a empresas.» Al revés: aplica aunque solo factures a particulares.
- «El QR de la factura ES la factura electrónica.» No: el QR es un requisito de Verifactu para verificar la factura ante la AEAT.
Qué te afecta según tu perfil
| Tu caso | Verifactu | Factura electrónica B2B |
|---|---|---|
| Autónomo que factura solo a particulares (peluquería, bar, taller…) | Sí, desde el 1-7-2027 si usas software | No |
| Autónomo que factura a otras empresas (diseñador, consultor, proveedor…) | Sí, desde el 1-7-2027 | Sí, previsiblemente hacia 2028 |
| Sociedad (SL) pequeña | Sí, desde el 1-1-2027 | Sí en sus ventas B2B, previsiblemente hacia 2028 |
| Facturas más de 8 M€ al año | Sí (salvo SII, que te excluye de Verifactu) | Sí, en el primer plazo (~2027) |
La jugada inteligente no es contratar dos herramientas, sino elegir una que vaya a cumplir las dos: pregunta a tu proveedor por la declaración responsable de Verifactu (obligatoria desde julio de 2025) y por su hoja de ruta para la factura electrónica estructurada y la solución pública de la AEAT. Las fechas, sanciones y la app gratuita de la AEAT para Verifactu las tienes al detalle en Verifactu para autónomos: fechas reales.
Preguntas frecuentes sobre las dos normas
Lo que más preguntan autónomos y pymes sobre esta doble transición.
¿Es lo mismo Verifactu que la factura electrónica obligatoria?
No. Verifactu (RD 1007/2023, de Hacienda) regula los requisitos antifraude del SOFTWARE con el que generas facturas: registros inalterables, QR y envío a la AEAT, aunque factures a particulares. La factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece y RD 238/2026, de Economía) regula el FORMATO y el intercambio de las facturas entre empresas y autónomos (B2B), con estados de aceptación y pago para combatir la morosidad. Son obligaciones independientes y acumulativas: cumplir una no exime de la otra, aunque un mismo software puede cumplir ambas.
¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica entre empresas?
Todavía no hay fecha cerrada. El reglamento (RD 238/2026) se aprobó en marzo de 2026, pero los plazos de la Ley Crea y Crece (12 meses para quien facture más de 8 millones de euros, 24 meses para el resto) no cuentan desde el reglamento, sino desde que entre en vigor la orden ministerial de la solución pública de facturación de la AEAT. Con el calendario del proyecto de orden (entrada prevista en octubre de 2026), la obligación llegaría hacia finales de 2027 para las grandes y finales de 2028 para pymes y autónomos. Son fechas previstas, no definitivas: confirma en el BOE.
¿Un PDF enviado por email vale como factura electrónica?
Hoy sí (con el consentimiento del destinatario), pero con el nuevo sistema B2B dejará de valer: la norma exige formatos estructurados legibles por máquinas (como Facturae o UBL), intercambio a través de plataformas o de la solución pública gratuita de la AEAT, y comunicación de los estados de la factura (aceptación, rechazo y pago). Un PDF es una imagen de factura, no una factura electrónica estructurada.
¿Me afecta todo esto si solo facturo a particulares?
La factura electrónica obligatoria de Crea y Crece no te afecta: es solo para operaciones entre empresas y autónomos (B2B). Verifactu sí: aplica a casi cualquier autónomo o empresa que use un programa para facturar, aunque todos sus clientes sean particulares (con exclusiones: SII, normativa foral o facturación totalmente manual). Para un autónomo típico que factura a consumidores, la única obligación en el horizonte es Verifactu, desde el 1 de julio de 2027.