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AYUDAS Y NORMATIVA

Tarifa Plana de Autónomos en 2027: Qué Está Decidido, Qué No y Cuánto Ahorras de Verdad

11 min de lectura Por Juanfran, de TuWebLocal Última verificación: 8 de septiembre de 2026

2027: SIN CAMBIOS APROBADOS

Verificado el 8 de septiembre de 2026 en el BOE, la Seguridad Social e Import@ss. La tarifa plana sigue siendo de 80 € al mes (88,64 € con el MEI) y no existe ninguna norma, proyecto de Presupuestos ni anuncio oficial que la modifique para 2027. Lo único fijado por ley para el año que viene es la subida del MEI del 0,9 % al 1 %.

La respuesta directa: si te das de alta como autónomo en 2027, hoy todo apunta a que pagarás la misma tarifa plana de 80 € más el MEI, porque nadie ha aprobado otra cosa. Ni subida, ni ampliación a tres años, ni supresión: todo eso son propuestas de las organizaciones de autónomos o de un Ministerio que retiró la suya en octubre de 2025. La mesa de negociación de las cuotas está bloqueada y el Presupuesto de 2027, que es donde la ley dice que debe fijarse la cuantía, ni siquiera se ha presentado.

Como esta es la página que vas a leer antes de darte de alta, he preferido que sea útil hoy además de vigilar 2027: los requisitos tal como los escribe la ley (no como los cuentan muchas webs), cómo se pide la prórroga, qué pasa si ganas más de lo previsto, cuánto ahorras de verdad, el salto que te espera al terminar y qué comunidades te devuelven la cuota, con la de la Región de Murcia en cabeza.

Gráfico de la cuota mensual de un nuevo autónomo en 2026: 88,64 euros con tarifa plana durante los meses 1 a 12, otros doce meses de prórroga si los rendimientos no llegan al salario mínimo, y el salto al terminar a 205,88 euros en el tramo más bajo o 299,56 euros en el primer tramo de la tabla general; para 2027 no hay cambios aprobados y el MEI sube al 1 %

Lo que pagas hoy y por qué son 88,64 € y no 80

La tarifa plana no se llama así en ninguna ley. Es la «cuota reducida» del artículo 38 ter del Estatuto del Trabajo Autónomo: durante los doce meses naturales completos siguientes al alta cotizas una cantidad fija por contingencias comunes y profesionales, sin cese de actividad ni formación. La ley dice que «la cuantía anual de la cuota reducida se establecerá en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado». Y aquí viene un dato que casi nadie cuenta.

Concepto2026 (hoy)2027
Cuota reducida80 € al mesSin norma. Previsiblemente igual, pero nadie lo ha fijado
MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional)0,9 % sobre 950,98 €: unos 8,6 €1 %, fijado por ley: unos 9,5 €
Total al mes88,64 € según Import@ssUnos 89,5 € si se mantienen los 80 € (cálculo propio)
Duración12 meses + 12 de prórroga si rendimientos netos anuales < SMI (17.094 €)Sin cambios aprobados
Base que se te computa para prestaciones950,98 € (base mínima del tramo 1 de la tabla general)Sin tabla aprobada

Importe con MEI según la guía de trabajo autónomo de Import@ss («ascendiendo a un total de 88,64 €»). Aritméticamente 950,98 × 0,9 % son 8,56 €; Import@ss publica 8,64. Uso la cifra oficial. Verificado el 8 de septiembre de 2026.

El dato incómodo: ninguna norma publicada en el BOE fija los 80 € para 2026. La disposición que los estableció, la transitoria quinta del Real Decreto-ley 13/2022, solo cubre «el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025»; a partir de 2026 debía fijarlos la Ley de Presupuestos, y no hay Presupuestos. El Real Decreto-ley 3/2026 y la Orden de cotización de este año no mencionan la cuota reducida. La Seguridad Social la sigue aplicando, y bien, pero conviene saber que su cuantía cuelga hoy de la práctica administrativa y no de una cifra escrita. Es la misma laguna que afecta a las tablas de tramos, explicada en cuota de autónomos 2027: qué está decidido.

Requisitos, tal como los escribe la ley

Todo esto está en el artículo 38 ter, texto consolidado con última actualización del 2 de septiembre de 2026. Lo copio en orden porque en internet circulan requisitos que no existen y faltan otros que sí:

  • Alta inicial, o no haber estado de alta en los dos años anteriores. Son tres años si en tu alta anterior ya disfrutaste de la tarifa plana.
  • Pedirla en el momento del alta. No es automática: se solicita al darte de alta en Import@ss y, si quieres la prórroga, «antes del inicio» del segundo periodo.
  • Estar al corriente con la Seguridad Social. Es el artículo 20 de la Ley General de la Seguridad Social. Con Hacienda, la ley no exige nada para la tarifa plana estatal (sí para las ayudas autonómicas, que son subvenciones).
  • Los socios de sociedades también pueden desde 2023 (apartado 9): socios de sociedades de capital y laborales y socios de cooperativas encuadrados en el RETA.
  • Contratar empleados no te la quita (apartado 7).
  • Quedan fuera los familiares colaboradores hasta segundo grado (tienen su propia bonificación) y los miembros de institutos de vida consagrada.
  • Personas con discapacidad del 33 % o más, víctimas de violencia de género y de terrorismo: 24 meses en vez de 12, y prórroga de 36 en vez de 12.

Y dos requisitos que no existen aunque los leas por ahí: no hay ningún trato especial para municipios de menos de 5.000 habitantes (era de la ley antigua, derogado en 2023) y no hay «160 € el segundo año» en el caso general (esos 160 € son solo desde el mes 25 para los colectivos con 24 meses).

La prórroga y qué pasa si ganas más de lo previsto

El segundo año de tarifa plana no es para todos: solo si tus rendimientos netos anuales son «inferiores al salario mínimo interprofesional anual», que en 2026 son 17.094 € (Real Decreto 126/2026). Ojo al matiz: son rendimientos netos anuales (ingresos menos gastos y menos el 7 % de gastos genéricos), no «facturar menos de 1.221 € al mes» como dicen algunas webs. Se pide antes de que venzan los doce primeros meses con una declaración de que prevés no llegar al SMI, y después tienes que presentar la renta: si no la presentas, Import@ss avisa de que te regularizan sobre una base de 1.000 €.

1

Primer año: nunca se regulariza

El apartado 6 es tajante: «La cuota reducida no será objeto de regularización» durante los doce primeros meses. Da igual cuánto ganes o en qué tramo estarías: los 80 € se quedan en 80 €. La idea de que «si superas el SMI te reclaman la tarifa plana» es falsa para el primer año.

2

Segundo año: se regulariza solo si superas el SMI

Si en el año de la prórroga tus rendimientos netos igualan o superan el salario mínimo, la Tesorería regulariza los meses de prórroga de ese año al tramo que te correspondía, en proporción. No pierdes el primer año ni pagas recargos: pagas la diferencia de los meses afectados.

3

Al terminar: cuota completa desde el mes siguiente

Apartado 8: «procederá la cotización por todas las contingencias protegidas a partir del día primero del mes siguiente». Ese mes eliges base dentro de tu tramo de rendimientos y entras en el sistema normal, con regularización anual. Es el salto que viene ahora.

Cuánto ahorras y el salto al terminar

Comparo con la cuota mínima real de 2026, calculada sobre las bases de la Orden PJC/297/2026 y el tipo total del 31,5 %:

SituaciónCuota al mesFrente a la tarifa plana
Tarifa plana (meses 1 a 12, y 13 a 24 con prórroga)88,64 €
Tramo 1 de la tabla reducida (rendimientos hasta 670 € al mes)205,88 €+117,24 € al mes (+132 %)
Tramo 2 de la tabla reducida (670 a 900 €)226,47 €+137,83 € al mes
Tramo 1 de la tabla general (1.166,70 a 1.300 €)299,56 €+210,92 € al mes (+238 %)

Cálculo propio sobre bases y tipos de la Orden PJC/297/2026 (BOE-A-2026-7296) y el importe de Import@ss. Verificado el 8 de septiembre de 2026.

En números redondos: frente a la cuota mínima ahorras 1.406,88 € en el primer año y 2.813,76 € si consigues la prórroga. La tarifa plana entera te cuesta 1.063,68 € al año, no 960: el MEI no está bonificado, y por eso las ayudas autonómicas que devuelven «80 € por 12 meses» no cubren el total. Y el consejo que más sirve: cuando el mes 13 (o el 25) pases de 88 € a 206 o a 300, la base la eliges tú entre seis ventanas al año, con la regularización posterior; el cómo está en la guía de la cuota de 2027.

Qué se sabe de 2027: propuestas sí, normas no

Todo lo que hay sobre la tarifa plana del año que viene son posiciones. Ninguna está en el BOE ni en un proyecto de ley:

  • El Ministerio presentó el 13 de octubre de 2025 una propuesta de cuotas para 2026-2028 en la que la tarifa plana pasaba a ser «el 40 % de la cuota asociada a la base mínima del tramo 1», subiendo con las bases. Fue rechazada por las asociaciones y retirada; para 2026 se congeló todo.
  • ATA propone ampliarla a tres años para menores de 30, mujeres que vuelven tras la maternidad y quien no llegue al SMI en sus dos primeros años.
  • UATAE, con Fenadismer, COAG y Fedepe, propone eliminarla y destinar sus cerca de 1.000 millones anuales a bonificar a los tramos por debajo del SMI; cifra en unas 400.000 personas al año las beneficiarias.
  • UPTA pide subir las cuotas de 2027 tres puntos por encima del IPC, sin tocar la tarifa plana.
  • Presupuestos 2027: solo existen la orden de elaboración de junio y el techo de gasto de julio de 2026. Sin proyecto registrado en las Cortes, no hay dónde fijar la cuantía.

La regla para leer noticias en los próximos meses: la tarifa plana de 2027 solo cambiará por una Ley de Presupuestos o por un real decreto-ley de cotización, y las dos cosas salen en el BOE. Hasta entonces, lo único cierto es el MEI al 1 % (disposición transitoria 43.ª de la Ley General de la Seguridad Social), que sobre la base de 950,98 € supone menos de un euro más al mes. El calendario completo de lo que sí está fijado para el año que viene está en qué cambia en 2027 para autónomos y negocios locales.

Cuota Cero: las comunidades que te devuelven la tarifa plana

Además de la cuota reducida estatal, varias comunidades reintegran lo pagado durante esos doce meses. Casi todas exigen haber disfrutado la tarifa plana y se piden después de cumplir el periodo, así que conviene apuntarse el plazo el día del alta. Estado verificado en cada sede el 8 de septiembre de 2026:

ComunidadQué daCuándo se pideEstado
Región de Murcia (Cuota Cero ampliada, SEF)2.920 € en pago único si vienes del desempleo y te das de alta por primera vez o tras dos años sin alta, con actividad en la Región1 mes desde el alta en el RETA; convocatoria abierta hasta el 15 de octubre de 2026ABIERTA ficha oficial
Comunidad de Madrid (Tarifa Cero)Reintegro de los 12 o 24 meses de cuota reducida; línea para mayores de 52En los 3 meses siguientes al fin de cada periodo de 12 mesesPERMANENTE sede
Andalucía (Cuota cero)Importe de los 12 meses de cuota reducida; 24 para colectivos vulnerables2 meses desde el fin de los 12 meses; convocatoria hasta el 30 de septiembre de 2026ABIERTA Junta
Galicia (TR341D, línea cuota cero)Equivalente a 12 meses de cuota reducida, altas entre octubre de 2025 y septiembre de 2026Hasta el 30 de septiembre de 2026ABIERTA sede
Aragón (Cuota Cero)960 € (80 € por 12 meses; el MEI no)1 mes desde que cumples los 12 meses; convocatoria hasta el 30 de octubre de 2026ABIERTA tramitador
Canarias (Cuota Cero 2026)Cuotas reducidas abonadas durante los 12 mesesHasta el 15 de octubre de 2026 o agotar créditoABIERTA Gobierno de Canarias
Cantabria (Cuota Cero)Equivalente a las cuotas devengadasEn el mes siguiente al fin de cada periodo de 12 mesesPERMANENTE sede
Castilla-La Mancha, Castilla y León, Baleares y ExtremaduraProgramas propios (Tarifa Plana Plus, Consolidacyl hasta 3.000 €, Cuota Cero, Tarifa Cero)Convocatorias de 2026 ya cerradasCERRADA

Estado y plazos según las sedes oficiales enlazadas, consultadas el 8 de septiembre de 2026. La Comunidad Valenciana y La Rioja no tienen convocatoria vigente localizada. Las convocatorias cambian cada año: comprueba el plazo en la sede antes de contar con el dinero.

Si estás en Murcia, el detalle importante es el plazo: un mes desde el alta. Muchos se enteran de la Cuota Cero cuando ya ha pasado. Las demás ayudas con plazo abierto para autónomos de la Región, verificadas cada mes, están en ayudas y subvenciones para autónomos abiertas hoy.

Historial de actualizaciones

  • 8 de septiembre de 2026 — Primera publicación. Tarifa plana de 80 € (88,64 € con MEI según Import@ss) aplicada en 2026 sin norma expresa que la fije; sin norma ni proyecto para 2027; MEI 2027 al 1 %. Cuota Cero de la Región de Murcia abierta hasta el 15 de octubre de 2026; Andalucía y Galicia hasta el 30 de septiembre; Aragón hasta el 30 de octubre; Canarias hasta el 15 de octubre.

Preguntas frecuentes sobre la tarifa plana de autónomos

¿Cuánto será la tarifa plana de autónomos en 2027?

No está fijada. A 8 de septiembre de 2026 no hay ninguna norma ni proyecto de Presupuestos que cambie la cuota reducida de 80 euros al mes, así que lo previsible es que se mantenga. Lo único aprobado para 2027 es que el MEI sube del 0,9 % al 1 %, lo que dejaría la cuota en unos 89,5 euros si los 80 se mantienen. Es un cálculo propio, no una cifra oficial.

¿Cuánto se paga hoy con la tarifa plana?

80 euros al mes de cuota reducida más el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que se calcula sobre la base mínima del tramo 1 de la tabla general, 950,98 euros. Import@ss cifra el total en 88,64 euros al mes durante los doce primeros meses naturales completos desde el alta.

¿Cuáles son los requisitos de la tarifa plana?

Alta inicial o no haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores, tres si ya se disfrutó de la tarifa plana; pedirla en el momento del alta; y estar al corriente con la Seguridad Social. Los socios de sociedades pueden acogerse desde 2023 y contratar empleados no la quita. Quedan fuera los familiares colaboradores. La ley no exige nada respecto a Hacienda ni distingue por tamaño del municipio.

¿Cómo se prorroga la tarifa plana otros 12 meses?

Solicitándola antes de que venzan los doce primeros meses, con una declaración de que prevés que tus rendimientos netos anuales serán inferiores al salario mínimo interprofesional anual, 17.094 euros en 2026. Después hay que presentar la declaración de la renta; si en el año de la prórroga los rendimientos superan el SMI, la Seguridad Social regulariza esos meses al tramo real.

¿Qué pasa si gano más del salario mínimo el primer año?

Nada. El apartado 6 del artículo 38 ter establece que la cuota reducida no será objeto de regularización durante los doce primeros meses, sea cual sea tu nivel de rendimientos. Solo afecta a la prórroga: no la tendrás si superas el SMI, y si la tienes y lo superas ese año, se regularizan los meses afectados.

¿Cuánto se ahorra con la tarifa plana?

Frente a la cuota mínima de 2026, 205,88 euros al mes en el tramo más bajo, se ahorran 117,24 euros al mes: 1.406,88 euros en doce meses y 2.813,76 en veinticuatro con la prórroga. Al terminar se pasa a cotizar por todas las contingencias desde el primer día del mes siguiente, con un salto de 88,64 a al menos 205,88 euros.

¿Qué es la Cuota Cero de la Región de Murcia?

Una ayuda del Servicio Regional de Empleo y Formación de 2.920 euros en pago único para quien se da de alta como autónomo desde el desempleo, por primera vez o tras dos años sin alta, con actividad en la Región. Hay que pedirla en el plazo de un mes desde el alta y la convocatoria de 2026 está abierta hasta el 15 de octubre de 2026.