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Herramienta gratuita · VII Convenio General de la Construcción Calcula el finiquito y el 7 % por fin de obra

Indemnización del 7 % sobre los conceptos salariales de tablas (arts. 24.1.a y 25 del convenio) y el resto de la liquidación: días pendientes, vacaciones y pagas extra. Gratis, sin registro y con la fuente de cada cifra.

Base legal verificada en el BOE el 30/09/2026
1 Tipo de contrato y motivo del fin
2 Fechas y salario de tablas
3 Resto del finiquito (opcional)

Tu cálculo orientativo (bruto)

Indica las fechas y el total anual de tablas para ver la indemnización.

Importes brutos y orientativos, sin retenciones de IRPF ni cotizaciones. Base: 7 % sobre los conceptos salariales de las tablas devengados durante la vigencia del contrato (arts. 24.1.a y 25 del VII Convenio General del Sector de la Construcción; disposición adicional tercera de la Ley 32/2006). Comprueba los importes de tu convenio provincial con tu empresa, asesoría o sindicato.

Cómo se calcula la indemnización del 7 %

La fórmula es sencilla: 7 % × conceptos salariales de tablas devengados durante el contrato. Si tu tabla da un total anual, lo devengado es la parte proporcional a los días de contrato. Ejemplo: con 21.000 € de tablas al año y 243 días de contrato (unos 8 meses) se devengan 13.980,82 €; el 7 % son 978,66 € brutos.

Caso¿7 %?Norma
Indefinido adscrito a obra que se extingue por motivos inherentes (rechazo de la recolocación, cualificación no adecuada o sin obras acordes en la provincia)SíArt. 25 VII CGSC; D. A. 3.ª Ley 32/2006
Contrato de duración determinada por circunstancias de la producción que terminaSíArt. 24.1.a VII CGSC
Despido, baja voluntaria u otros casosNo: se rigen por otras reglasEstatuto de los Trabajadores

Fuentes: VII Convenio General del Sector de la Construcción (BOE-A-2023-19903) y Ley 32/2006, consultados el 30/09/2026. Vigencia del convenio: 2022-2026.

¿Eres la empresa y haces esto cada mes a mano?

Las liquidaciones, los finiquitos y el 7 % se pueden calcular solos a partir de los partes y las altas y bajas, con las tablas de tu convenio dentro del programa. Lo hacemos en el software a medida para construcción, junto con los partes de trabajo y el fichaje en obra.

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Preguntas frecuentes sobre el finiquito en construcción

¿Cuánto es la indemnización por fin de obra en construcción?

El 7 % de los conceptos salariales de las tablas del convenio devengados durante toda la vigencia del contrato. Lo fija el artículo 25 del VII Convenio General del Sector de la Construcción para el contrato indefinido adscrito a obra cuando se extingue por motivos inherentes a la persona trabajadora, y el artículo 24.1.a para los contratos de duración determinada por circunstancias de la producción al terminar.

¿Qué conceptos entran en la base del 7 %?

Los conceptos salariales que aparecen en las tablas de tu convenio que hayas cobrado o generado durante el contrato: salario base, pluses salariales y, en las tablas que las incluyen, pagas extraordinarias y vacaciones. No entran los conceptos extrasalariales, como el plus de transporte o las dietas, ni las horas extra que no figuran en las tablas.

¿Cuándo se extingue un contrato indefinido adscrito a obra por motivos inherentes?

Según la disposición adicional tercera de la Ley 32/2006, cuando al terminar la obra el trabajador rechaza la recolocación que le propone la empresa, cuando su cualificación no es adecuada para las otras obras de la empresa en la provincia aunque se le forme, o cuando la empresa no tiene en la provincia obras acordes a su cualificación. La empresa debe avisar a la representación de los trabajadores con 7 días de antelación.

¿Qué más incluye el finiquito?

Además de la indemnización, el finiquito recoge lo que se te debe hasta el último día: el salario de los días trabajados que no has cobrado, las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extraordinarias si no las cobras prorrateadas en la nómina.

¿El resultado es lo que voy a cobrar?

No exactamente: la calculadora da importes brutos orientativos. Sobre el salario, las vacaciones y las pagas se aplican la retención de IRPF y las cotizaciones. Los importes de tus tablas dependen de tu convenio provincial y de tu categoría. Comprueba el cálculo con tu empresa, tu asesoría o tu sindicato antes de firmar.

¿Hasta cuándo está vigente el VII Convenio de la Construcción?

Su vigencia va del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026. Revisaremos esta calculadora cuando se publique el siguiente convenio o si cambia la regulación.

¿Calculáis liquidaciones cada mes?

Te lo automatizamos con las tablas de tu convenio, a partir de los partes y el fichaje. Diagnóstico gratis y sin compromiso.

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