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Herramienta gratuita · Modelo 130 Calcula el IRPF de tus trimestres

Escribe tus ingresos, gastos y retenciones de cada trimestre y te decimos cuánto sale a ingresar en el modelo 130, con la reducción por bajos ingresos si te corresponde. Gratis y sin registro.

Reglamento del IRPF (arts. 109 y 110) verificado el 05/10/2026
1 Retenciones de tus facturas
2 Rendimiento neto del año pasado
3 Tus trimestres (sin IVA)

1.er trimestre · enero a marzo Se presenta del 1 al 20 de abril

2.º trimestre · abril a junio Se presenta del 1 al 20 de julio

3.er trimestre · julio a septiembre Se presenta del 1 al 20 de octubre

4.º trimestre · octubre a diciembre Se presenta del 1 al 30 de enero

Tu modelo 130

Escribe los ingresos y gastos del primer trimestre para empezar.

Cálculo orientativo para estimación directa según el art. 110 del Reglamento del IRPF: 20 % del rendimiento neto acumulado del año, menos los pagos fraccionados de trimestres anteriores y las retenciones acumuladas, y menos la reducción del art. 110.3.c. No incluye la deducción por préstamo de vivienda habitual ni actividades agrícolas o en módulos. Revísalo con tu asesoría antes de presentar.

Cómo se calcula el pago fraccionado

El modelo 130 es acumulado: cada trimestre se mira el año desde el 1 de enero.

  1. Calcula el 20 % del rendimiento neto acumulado (ingresos menos gastos).
  2. Resta lo que salió a pagar en los trimestres anteriores del mismo año.
  3. Resta las retenciones que te han hecho desde enero.
  4. Si tu rendimiento del año pasado fue de 12.000 € o menos, resta la reducción de 25 a 100 €.
Ejemplo (por trimestre: 10.000 € de ingresos y 3.000 € de gastos)A ingresar
Comercio o taller, sin retenciones1.400 € cada trimestre
Profesional con retención del 15 % en todas sus facturas (1.500 € por trimestre)0 €: las retenciones ya cubren el 20 %
Profesional con retención del 7 % (700 € por trimestre)700 € cada trimestre

Fuente: Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007), arts. 109 y 110, consultado el 05/10/2026.

¿Tienes que presentar el modelo 130?

Lo presentan los autónomos en estimación directa. Si eres profesional y el año pasado al menos el 70 % de tus ingresos llevaron retención, estás exento (art. 109 del Reglamento del IRPF). Los que están en módulos presentan el modelo 131.

Sobre la retención de tus facturas, lee qué retención de IRPF poner en tus facturas. Para la Seguridad Social, usa la calculadora de la cuota de autónomos. Y si quieres que las facturas, los gastos y los trimestres se sumen solos, hacemos facturación a medida, preparada para cumplir Verifactu.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo 130

¿Cómo se calcula el modelo 130?

Cada trimestre se calcula el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero (ingresos menos gastos deducibles). A esa cifra se le restan los pagos fraccionados de los trimestres anteriores del mismo año y las retenciones que te han practicado en ese periodo. Lo establece el artículo 110 del Reglamento del IRPF.

¿Tengo que presentar el modelo 130 si mis clientes me retienen?

Si eres profesional y en el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad tuvieron retención o ingreso a cuenta, no estás obligado a presentar el modelo 130 (artículo 109 del Reglamento del IRPF). Si no llegas a ese 70 %, sí tienes que presentarlo, aunque muchas veces salga a cero.

¿Qué retención pongo en mis facturas?

Los profesionales aplican, en general, un 15 % de retención en las facturas a empresas y a otros autónomos. Durante el año de alta y los dos siguientes puedes aplicar un 7 %, avisando a tu cliente. A los particulares no se les aplica retención.

¿Qué pasa si un trimestre me sale negativo?

No pagas nada ese trimestre. Como el cálculo es acumulado desde el 1 de enero, el exceso de retenciones o de gastos se tiene en cuenta en los trimestres siguientes del mismo año. Los resultados negativos no pasan al año siguiente: se regularizan en la declaración de la renta.

¿Qué es la reducción de hasta 100 € por trimestre?

Si tu rendimiento neto del año anterior fue de 12.000 € o menos, puedes restar una cantidad en cada pago fraccionado: 100 € si fue de 9.000 € o menos, 75 € entre 9.000,01 y 10.000 €, 50 € entre 10.000,01 y 11.000 € y 25 € entre 11.000,01 y 12.000 € (artículo 110.3.c del Reglamento del IRPF).

¿Lo que pago en el modelo 130 es lo que me cuesta el IRPF?

No. Son pagos a cuenta: en la declaración de la renta se calcula el impuesto real con tus tramos y deducciones, y se restan los pagos fraccionados y las retenciones. Si pagaste de más, Hacienda te devuelve la diferencia; si pagaste de menos, te toca pagar.

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