¿Está Prohibido Fumar en las Terrazas? El Estado Verificado a Septiembre de 2026
LA NUEVA LEY NO ESTÁ EN VIGOR
Verificado el 2 de septiembre de 2026: el proyecto de ley aprobado por el Gobierno el 21 de julio ni siquiera consta aún calificado en el Congreso. En tu terraza sigue rigiendo la norma de 2010.
La respuesta directa: no, la prohibición de fumar en todas las terrazas no está en vigor. Hoy se puede fumar legalmente en cualquier terraza que sea «espacio al aire libre»: sin cubrir o, si tiene techo, con un máximo de dos paredes o laterales. Lo que aprobó el Consejo de Ministros el 21 de julio de 2026 es un proyecto de ley — el principio del trámite parlamentario, no el final — y a fecha de esta verificación ni siquiera aparece como iniciativa calificada en el Congreso. Si llevas un bar y has leído «entra en vigor la ley antitabaco», te han titulado mal: aquí tienes el estado real, con las fuentes delante, y esta página se actualizará cuando se mueva.
Lo que rige hoy: la regla de las paredes y el techo
La norma vigente es la Ley 28/2005, reformada por la Ley 42/2010 (la que sacó el tabaco del interior de los bares en enero de 2011). Para la hostelería define así el espacio al aire libre, literalmente: «todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos».
Traducido a tu terraza:
- Sin techo (sombrillas incluidas): se puede fumar, tenga los laterales que tenga.
- Con techo o toldo y hasta dos laterales (cortavientos, pared del edificio): se puede fumar.
- Con techo y tres o más cerramientos — el típico cerramiento de invierno con lonas —: es un espacio cerrado y ahí ya está prohibido fumar hoy, con multa que paga el local si lo permite.
Ese tercer punto es el que pilla a más de un hostelero: la prohibición «nueva» de la que todo el mundo habla aún no existe, pero la de los cerramientos de invierno lleva quince años en vigor.
La cronología y dónde está el proyecto ahora
| Fecha | Qué ocurrió | Qué significa |
|---|---|---|
| Ene 2011 | Entra en vigor la reforma de la Ley 42/2010 | Prohibido fumar dentro de los bares; en terrazas, la regla de las dos paredes que sigue vigente |
| Sept 2025 | Sanidad somete el anteproyecto a información pública | Se conoce el texto: terrazas sin humo «tanto en interiores como en exteriores» |
| 21 jul 2026 | El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley y lo remite a las Cortes | Arranca (sobre el papel) la tramitación parlamentaria. Aprobar un proyecto no es aprobar una ley |
| Hoy (2 sept 2026) | Sin calificar en el Congreso: no consta en el buscador oficial de iniciativas, no está publicado en el Boletín de las Cortes y no hay plazo de enmiendas abierto | Queda todo el camino: Congreso, enmiendas, Senado y BOE. Sin fecha posible |
Verificado el 2 de septiembre de 2026 en el BOE (texto consolidado de la Ley 28/2005), la nota de prensa del Ministerio de Sanidad del 21 de julio de 2026 y el buscador de iniciativas del Congreso de los Diputados.
Qué prohibirá cuando se apruebe (según el proyecto)
Todo lo de esta sección está en tramitación: es lo que dice el proyecto y puede cambiar con las enmiendas. Según el texto del anteproyecto y la nota oficial de Sanidad:
- Terrazas de bares y restaurantes, sin excepciones: la prohibición pasa a ser «tanto en interiores como en exteriores». Se acabaría la regla de las dos paredes.
- Playas (marítimas y fluviales), piscinas de uso colectivo, instalaciones deportivas y recintos de espectáculos, aunque sean al aire libre.
- Marquesinas y andenes de transporte, vehículos de trabajo y campus universitarios.
- Un perímetro de 15 metros alrededor de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios y educativos, museos, bibliotecas y parques infantiles.
- Vapeadores y tabaco calentado equiparados al tabaco: donde no se pueda fumar, tampoco se podrá vapear. Y se prohíbe la venta de vapeadores desechables.
En cuanto a la entrada en vigor, el texto prevé 20 días desde la publicación en el BOE, y Sanidad ha anunciado 2 meses adicionales para adaptar la señalización de los locales. Pero ojo con el orden de los factores: antes de esos 20 días tienen que pasar la calificación en el Congreso, el plazo de enmiendas, las votaciones en Pleno, el Senado y la publicación. Con la ley aún sin entrar en el Congreso, cualquier fecha que leas — «otoño», «enero de 2027» — es una apuesta, no un dato.
¿Y en la Región de Murcia?
Sin sorpresas autonómicas: la CARM no ha añadido ninguna restricción propia sobre fumar en terrazas — en Murcia rige la regla estatal de las dos paredes, tal y como confirma el propio portal sanitario MurciaSalud. Lo único que existe además es el programa Playas sin Humo: voluntario y sin multas, con 16 playas adheridas en seis municipios costeros — Mazarrón y Águilas incluidos. Es una recomendación con banderas y carteles, no una prohibición; la prohibición de verdad en playas llegaría, en su caso, con la ley estatal.
Las multas: las de hoy y las del proyecto
| Infracción | Hoy (Ley 28/2005 vigente) | En el proyecto |
|---|---|---|
| Fumar donde está prohibido (la comete el cliente) | Leve: 30 a 600 € (hasta 30 € si es algo aislado) | Leve: 100 a 600 € (hasta 100 € si es aislado) |
| Permitir fumar donde está prohibido (responde el titular del local, art. 21) | Grave: 601 a 10.000 € | Se mantiene grave (601 a 10.000 €), extendida también al vapeo |
| Muy graves | 10.001 a 600.000 € | Se mantienen |
Verificado el 2 de septiembre de 2026: columna «hoy» sobre los arts. 19 a 21 del texto consolidado de la Ley 28/2005 (BOE); columna «proyecto» sobre el texto del anteproyecto publicado por Sanidad, pendiente del articulado definitivo que publique el Boletín de las Cortes.
El resumen para el hostelero: el multado por consentir es el bar, no solo el cliente. Hoy eso solo te afecta si tu terraza está cerrada (techo + 3 laterales) o si dejas fumar dentro. Si la ley nueva se aprueba tal cual, te afectará en toda la terraza — y entonces convendrá tener la señalización lista dentro del plazo de adaptación.
Lo que este artículo no es
Historial de actualizaciones
- 2 de septiembre de 2026 — Primera publicación. El proyecto de ley aprobado el 21 de julio sigue sin constar como iniciativa calificada en el Congreso: sin Boletín de las Cortes, sin plazo de enmiendas. En terrazas rige la regla de las dos paredes de la Ley 42/2010.
Preguntas frecuentes sobre la ley antitabaco y las terrazas
¿Está prohibido fumar en las terrazas de los bares?
No, todavía no. A 2 de septiembre de 2026 sigue vigente la Ley 28/2005 reformada en 2010: se puede fumar en las terrazas que sean espacio al aire libre, es decir, sin cubrir o que, estando cubiertas, tengan como máximo dos paredes o laterales. En una terraza con techo y tres o más cerramientos ya está prohibido fumar hoy. La prohibición total en terrazas es un proyecto de ley aprobado por el Gobierno el 21 de julio de 2026 que aún está pendiente de tramitarse en las Cortes.
¿Cuándo entra en vigor la nueva ley antitabaco?
No hay fecha. El proyecto de ley tiene que tramitarse entero en el Congreso y el Senado (calificación, enmiendas, votaciones) y a 2 de septiembre de 2026 ni siquiera consta calificado en el Congreso. Una vez aprobada y publicada en el BOE, el texto prevé la entrada en vigor a los 20 días, y Sanidad ha anunciado 2 meses adicionales para adaptar la señalización. Cualquier fecha concreta que leas hoy es una suposición.
¿Pueden multar a mi bar si un cliente fuma donde no debe?
Sí. Permitir fumar en un lugar con prohibición es infracción grave de la Ley 28/2005, con multa de 601 a 10.000 euros, y el artículo 21 dice que responde el titular del local. El cliente que fuma comete además una infracción leve (de 30 a 600 euros). En una terraza que cumpla la regla del aire libre, hoy no hay infracción de nadie.
¿Qué más prohibirá el proyecto además de las terrazas?
Según el texto del proyecto y la nota oficial de Sanidad: fumar en playas, piscinas de uso colectivo, instalaciones deportivas, recintos de espectáculos aunque sean al aire libre, marquesinas de transporte, vehículos de trabajo y campus universitarios, además de un perímetro de 15 metros alrededor de accesos a centros sanitarios, educativos y parques infantiles. Equipara vapeadores y tabaco calentado al tabaco convencional y prohíbe la venta de vapeadores desechables. Todo esto puede cambiar durante la tramitación con las enmiendas.
¿En la Región de Murcia hay normas propias sobre fumar en terrazas?
No. La CARM no ha añadido restricciones a la norma estatal: en terrazas rige la regla general del espacio al aire libre, como confirma el portal MurciaSalud. Lo que sí existe es el programa voluntario Playas sin Humo, con 16 playas adheridas en municipios costeros como Mazarrón o Águilas, que recomienda no fumar pero no multa.
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