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AGRICULTURA · NORMATIVA

Cuaderno de campo digital: ¿es obligatorio? Qué exige la normativa en 2026 y qué cambia en 2027

7 min de lectura Por Juanfran, de TuWebLocal Actualizado: 4 de octubre de 2026

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RESPUESTA CORTA

Registrar los tratamientos fitosanitarios es obligatorio; hacerlo en digital, todavía no. En 2026 puedes seguir con el cuaderno en papel. Desde el 1 de enero de 2027 el registro de tratamientos fitosanitarios tendrá que ser electrónico, y el cuaderno digital de explotación está pendiente del siguiente periodo de la PAC. Las fechas han cambiado varias veces: confírmalas con tu consejería, tu cooperativa o tu asesor.

Esta guía resume, con enlaces a las fuentes oficiales, qué dice cada norma y qué opciones tienes. No es asesoramiento jurídico: es la situación a 4 de octubre de 2026 tal como la publican el BOE, el Diario Oficial de la Unión Europea y la Administración regional.

Calendario del cuaderno de campo digital: papel admitido en 2026 y registro electrónico de tratamientos desde el 1 de enero de 2027

Qué es el cuaderno de campo digital

El cuaderno de campo (o cuaderno de explotación) es el registro donde el agricultor anota lo que hace en cada parcela: tratamientos con productos fitosanitarios, fertilización y otras labores. La versión digital lo pasa a formato electrónico para que los datos se puedan comunicar a la Administración sin papeles.

En España, el Real Decreto 1054/2022 creó el sistema de información de explotaciones agrícolas (SIEX) y, dentro de él, el cuaderno digital de explotación agrícola.

Las normas, en orden

NormaQué establece
Real Decreto 1054/2022Crea el SIEX y el cuaderno digital de explotación agrícola.
Real Decreto 34/2025, de 21 de eneroDeja el cuaderno digital como voluntario de forma temporal, hasta el siguiente periodo de la PAC (a partir de 2027). Mientras tanto, el cuaderno puede llevarse en papel o en medios electrónicos.
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564Fija el contenido y el formato de los registros de productos fitosanitarios: registro electrónico, como muy tarde 30 días después de cada tratamiento. Preveía aplicarse desde el 1 de enero de 2026.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2203En vigor desde el 23 de noviembre de 2025. Permite no pasar a formato electrónico los tratamientos anteriores al 1 de enero de 2027.
Real decreto aprobado por el Consejo de Ministros el 18 de noviembre de 2025Según la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, adapta las fechas españolas: en 2026 se admite el papel y el registro electrónico de tratamientos es obligatorio desde el 1 de enero de 2027.

El artículo 67 del Reglamento (CE) 1107/2009 obliga a los usuarios profesionales de productos fitosanitarios a guardar sus registros al menos tres años.

Qué datos hay que registrar de cada tratamiento

El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564 pide, para cada aplicación de un producto fitosanitario:

  • El nombre del producto.
  • El momento de la aplicación.
  • La dosis utilizada.
  • La superficie o parcela tratada.
  • El cultivo.

Tu comunidad autónoma, tu cooperativa o tu certificación de calidad pueden pedir datos adicionales (aplicador, maquinaria, plaga que se trata, plazo de seguridad). Si llevas el cuaderno en papel, empieza ya a anotar estos datos siempre en el mismo formato: el paso a digital será mucho más fácil.

Qué opciones tienes para el cuaderno digital

1

La aplicación pública y gratuita

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ofrece una aplicación gratuita de cuaderno digital. Es la opción más sencilla para una explotación pequeña que solo necesita cumplir.

2

Un programa agrícola del mercado

Hay programas de gestión agrícola que incluyen el cuaderno junto con costes, cosecha o maquinaria. Antes de contratar, pregunta si los datos se pueden comunicar al SIEX en tu comunidad autónoma.

3

Un programa a medida conectado al resto de la gestión

Compensa a cooperativas, almacenes y explotaciones grandes que ya tienen procesos propios: partes de campo por cuadrilla, entradas de fruta por socio, trazabilidad por lote y liquidaciones. El tratamiento se apunta una vez en el campo y sirve para el cuaderno, la trazabilidad y la certificadora. Lo explicamos en software agrícola a medida.

Sea cual sea la opción, comprueba con tu consejería o tu cooperativa qué formato aceptan antes de dejar el papel.

Qué hacer antes del 1 de enero de 2027

  • Pregunta a tu consejería o a tu cooperativa cómo se comunicarán los registros en tu comunidad autónoma.
  • Ordena tus parcelas: referencias, cultivos y superficies tal como figuran en tus declaraciones.
  • Unifica cómo anotáis los tratamientos: los mismos datos, en el mismo orden, quien sea que trate.
  • Elige herramienta con tiempo y pruébala unos meses en 2026, mientras el papel sigue admitido.
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Historial de actualizaciones

  • 4 de octubre de 2026 — Primera publicación.

Preguntas frecuentes sobre el cuaderno de campo digital

¿Es obligatorio el cuaderno de campo digital en 2026?

Registrar los tratamientos fitosanitarios es obligatorio; hacerlo en formato digital, todavía no. Con la normativa vigente a 4 de octubre de 2026, el cuaderno digital de explotación es voluntario de forma temporal y en 2026 se admite el papel. Desde el 1 de enero de 2027 el registro de tratamientos fitosanitarios deberá llevarse en formato electrónico. Confirma los detalles con la consejería de agricultura de tu comunidad autónoma.

¿Qué es el cuaderno de campo digital?

Es la versión electrónica del cuaderno de explotación donde el agricultor anota los tratamientos fitosanitarios, la fertilización y otras labores de cada parcela. En España lo regula el Real Decreto 1054/2022, que lo integra en el sistema de información de explotaciones agrícolas (SIEX).

¿Qué datos hay que apuntar de cada tratamiento?

Según el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564, el nombre del producto fitosanitario, el momento de la aplicación, la dosis, la superficie o parcela tratada y el cultivo. El registro debe hacerse como muy tarde en los 30 días siguientes al tratamiento.

¿Puedo usar una aplicación gratuita?

Sí. El Ministerio de Agricultura ofrece una aplicación pública y gratuita de cuaderno digital, y también hay programas privados. Antes de elegir uno, pregunta a tu consejería, a tu cooperativa o a tu asesor si los datos que genera se pueden comunicar al SIEX en tu comunidad autónoma.

¿Cuánto tiempo hay que guardar los registros de tratamientos?

Al menos tres años, según el artículo 67 del Reglamento (CE) 1107/2009 sobre productos fitosanitarios.