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NORMATIVA · DEFORESTACIÓN

EUDR 2026-2027: qué es el reglamento de deforestación, a quién afecta y desde cuándo

14 min de lectura Por Juanfran, de TuWebLocal Actualizado: 7 de octubre de 2026

RESPUESTA CORTA

La EUDR es el Reglamento (UE) 2023/1115: prohíbe vender en la UE o exportar ganado bovino, cacao, café, palma, caucho, soja y madera (y sus derivados) si proceden de tierras deforestadas después del 31 de diciembre de 2020 o se han producido de forma ilegal. Quien introduce primero el producto en el mercado debe hacer la diligencia debida y presentar una declaración con la geolocalización de las parcelas. Se aplica desde el 30 de diciembre de 2026 a grandes y medianas empresas y desde el 30 de junio de 2027 a micro y pequeñas.

Última revisión normativa: 7 de octubre de 2026, con el texto del Reglamento (UE) 2023/1115, su reforma por el Reglamento (UE) 2025/2650, el Reglamento Delegado (UE) 2026/2102 y la presentación de novedades operativas del MITECO (26 de septiembre de 2026).

Qué es la EUDR en tres frases

El Reglamento europeo sobre productos libres de deforestación sustituye al antiguo Reglamento de la madera (EUTR, 995/2010) y amplía el control a siete materias primas. Su artículo 3 exige que un producto cumpla tres condiciones para poder venderse en la UE o exportarse:

  • Libre de deforestación. Producido en tierras que no se han deforestado después del 31 de diciembre de 2020. En la madera tampoco puede haber degradación forestal desde esa fecha.
  • Legal. Producido conforme a la legislación del país de producción: derechos de uso de la tierra, medio ambiente, normas laborales, fiscales, aduaneras y derechos de terceros.
  • Cubierto por una declaración. Con una declaración de diligencia debida (DDD, conocida por sus siglas en inglés, DDS) o, para los pequeños productores, una declaración simplificada (DS), presentada en el Sistema de Información de la Comisión.

La clave práctica es la trazabilidad hasta la parcela: no basta con saber de qué país viene el café o la madera, hay que saber en qué parcelas se produjo y poder demostrarlo con coordenadas o, en el caso de los pequeños productores de países de riesgo bajo, con una dirección o una referencia equivalente.

Qué productos están afectados

El anexo I del reglamento enumera los productos por su código arancelario. Esta tabla resume los más habituales; para saber si tu producto concreto entra, busca su código en el anexo.

Materia primaEjemplos de productos incluidos
Ganado bovinoAnimales vivos, carne, pieles y cuero
CacaoGranos, pasta, manteca, cacao en polvo y chocolate
CaféCafé sin tostar o tostado, con o sin descafeinar, y sus cáscaras
Palma aceiteraAceite de palma y de palmiste, tortas y derivados como la glicerina
CauchoCaucho natural, neumáticos y otros artículos de caucho
SojaHabas, harina, tortas y aceite de soja
MaderaLeña, madera aserrada, tableros, muebles, pasta, papel y cartón, carbón vegetal

Productos añadidos en 2026

El Reglamento Delegado (UE) 2026/2102 modifica el anexo I. Según el resumen del MITECO, añade códigos nuevos, entre ellos el café soluble (2101 11 00), las lenguas de vacuno congeladas (0206 21 00), el jabón y otros derivados del aceite de palma (3401 11 00 y 3401 20) y más tipos de cuero y piel. Estos productos nuevos tienen su propio calendario: se aplican desde el 30 de diciembre de 2027.

Lo que queda fuera

La misma reforma excluye los libros, periódicos y demás productos editoriales, y el MITECO aclara que tampoco entran las muestras comerciales, los materiales de embalaje de un solo uso, los residuos, los productos de segunda mano ni el material publicitario (folletos, catálogos, etiquetas). El comercio electrónico entre empresas o con consumidores sí está incluido, aunque el vendedor esté fuera de la UE; las ventas entre particulares no.

Qué papel tienes en la cadena

Las obligaciones dependen de tu posición, no del tamaño del producto ni de si vendes a empresas o a consumidores. La reforma de 2025 creó dos figuras nuevas, el micro o pequeño operador primario (MPOP) y el operador posterior, y aligeró mucho las obligaciones de todos los que no son el primer eslabón.

Árbol de decisión de la EUDR: si eres el primero en introducir el producto en el mercado de la UE o lo exportas eres operador o, si eres micro o pequeño productor primario de un país de riesgo bajo, MPOP; si no, eres operador posterior, comerciante o el reglamento no te aplica
RolQuién esQué tiene que hacer
OperadorEl primero que introduce el producto en el mercado de la UE (lo produce o lo importa) o lo exportaDiligencia debida, declaración de diligencia debida con la geolocalización de todas las parcelas antes de vender o importar, número de referencia en la declaración aduanera, conservar la documentación 5 años y revisar su sistema al menos una vez al año
Micro o pequeño operador primario (MPOP)Persona física, microempresa o pequeña empresa de un país de riesgo bajo que vende lo que ella misma cultiva, cría o aprovechaUna declaración simplificada de presentación única con una estimación anual, y conservar la información 5 años. Puede dar la dirección postal en lugar de la geolocalización
Operador posteriorQuien transforma o vuelve a introducir un producto que ya estaba en el mercado de la UEGuardar nombre, dirección y correo de proveedores y clientes durante 5 años. Si su proveedor es el operador, recoger también el número de su declaración. Si no es pyme, registrarse en el Sistema de Información
ComercianteQuien compra y vende el producto sin transformarlo (distribuidores, tiendas, comercio en línea)Las mismas obligaciones que el operador posterior
Usuario finalQuien lo consume o lo transforma en algo que no está en el anexo INinguna

Hay situaciones de doble rol. Si importas cacao y lo transformas en chocolate, eres operador al importar (presentas la declaración) y operador posterior al vender el chocolate. En cambio, si fabricas muebles con madera de tu propio monte, eres operador y debes pasar el número de tu declaración a tu cliente. El MITECO lo explica con ejemplos a partir de la FAQ 3.8 de la Comisión.

El ganado bovino vivo tiene una regla propia (FAQ 1.26): el operador es el propietario del ternero al nacer. Quien compra después el animal para cebo es comerciante y quien lo sacrifica para vender carne o cuero es operador posterior.

Fechas de aplicación

El reglamento está en vigor desde el 29 de junio de 2023, pero sus obligaciones se han aplazado dos veces. Tras la reforma del Reglamento (UE) 2025/2650 (artículo 38), el calendario queda así:

Calendario de la EUDR: en vigor el 29-6-2023; se aplica el 30-12-2026 a grandes y medianas empresas, operadores posteriores y comerciantes; el 30-6-2027 a micro y pequeñas; el 30-12-2027 a los productos nuevos del Delegado 2026/2102; transición de la madera EUTR hasta el 31-12-2029
FechaA quién se aplica
30-12-2026Operadores grandes y medianos. Operadores posteriores y comerciantes de cualquier tamaño. Micro y pequeños operadores, pero solo para los productos de madera que ya cubría el EUTR
30-6-2027Operadores micro y pequeños, incluidos los MPOP, que ya estuvieran establecidos como tales a 31 de diciembre de 2024, para el resto de productos
30-12-2027Productos añadidos por el Reglamento Delegado (UE) 2026/2102, para todas las empresas
31-12-2029Fin de la transición: hasta esa fecha, la madera producida antes del 29-6-2023 que se introduzca en el mercado a partir del 30-12-2026 sigue con el antiguo Reglamento EUTR

Para saber si eres micro o pequeña empresa se usan los umbrales de la Directiva 2013/34/UE (balance, cifra de negocios y plantilla). El MITECO aclara que el cambio de categoría solo cuenta cuando superas o bajas de los umbrales dos años seguidos y que las personas físicas se consideran en principio MPOP, salvo que estén cerca de los límites.

Países de riesgo bajo, estándar y alto

La Comisión clasifica cada país en tres niveles en el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093. El nivel cambia lo que tienes que hacer:

RiesgoEjemplosConsecuencia
BajoEspaña y el resto de Estados miembros, entre otrosDiligencia debida simplificada (artículo 13): basta con recoger la información y comprobar que no hay riesgo de mezcla con otros orígenes. Permite la figura de MPOP
EstándarLos países que no están en las otras dos listasDiligencia debida completa: información, evaluación del riesgo y medidas para reducirlo
AltoBielorrusia, Corea del Norte, Myanmar y RusiaDiligencia debida completa y más controles de las autoridades

Comprueba el país de origen de cada materia prima en el anexo del reglamento de ejecución: la clasificación se revisa y puede cambiar.

La geolocalización: puntos, polígonos y la regla de las 4 hectáreas

La declaración de un operador incluye la geolocalización de todas las parcelas donde se produjo la materia prima. El artículo 2.28 del reglamento pide coordenadas con al menos seis decimales: un punto basta para parcelas de hasta 4 hectáreas y, por encima, hace falta un polígono con el perímetro. Para el ganado bovino se geolocalizan los establecimientos donde ha estado el animal.

El Sistema de Información admite la geolocalización en GeoJSON y rechaza los polígonos abiertos, los que se cruzan, los que tienen huecos o las coordenadas en orden latitud-longitud. Hemos preparado un validador GeoJSON EUDR gratuito que comprueba el archivo, convierte KML o coordenadas de Excel y aplica la regla de las 4 hectáreas sin que los datos salgan de tu navegador.

Los MPOP lo tienen más fácil: el artículo 4 bis les permite dar la dirección postal de las parcelas o del establecimiento y, según el MITECO, vale también la referencia catastral o el recinto SIGPAC.

Qué hacer según tu caso

Si importas café, cacao, madera, caucho, palma o soja

Eres operador. Para la mayoría de importadores medianos y grandes la fecha es el 30 de diciembre de 2026. Lo urgente es pedir ya a cada proveedor las coordenadas de las parcelas en GeoJSON, comprobar que el archivo es válido y montar tu sistema de diligencia debida (cómo recoges la información, cómo evalúas el riesgo y quién firma). Si el origen es un país de riesgo estándar, necesitas la evaluación y la reducción del riesgo completas.

Si eres agricultor, ganadero de vacuno o propietario forestal en España

Lo más probable es que seas MPOP y tu fecha sea el 30 de junio de 2027. Tendrás que presentar una declaración simplificada una sola vez, con tus datos, los códigos de los productos, una estimación de la cantidad anual y la dirección o el recinto SIGPAC de tus parcelas. Las cooperativas y asociaciones pueden presentarla como representantes autorizados de sus socios o actuar como operadores. Si el Estado tiene ya toda esa información en una base de datos oficial, el reglamento prevé que no tengas que presentarla tú; pregunta a tu cooperativa o a tu comunidad autónoma si será tu caso.

Si exportas a la UE desde Latinoamérica

La obligación legal es del importador europeo, pero en la práctica te pedirá la geolocalización de cada parcela y pruebas de legalidad. Si tu país no está clasificado como riesgo bajo, el importador tendrá que hacer la diligencia debida completa y valorará más a los proveedores que entreguen los datos bien preparados. Un GeoJSON validado y una carpeta con los permisos de uso del suelo y los documentos laborales y fiscales marcan la diferencia.

Si compras, transformas o distribuyes dentro de la UE

Eres operador posterior o comerciante y tu fecha es el 30 de diciembre de 2026, seas del tamaño que seas. No tienes que presentar declaraciones, pero sí guardar durante cinco años quién te vende y a quién vendes. Si compras directamente al operador, debes recoger también el número de su declaración y no vender el producto si no te lo da. Si no eres pyme, tienes que registrarte en el Sistema de Información y comprobar la declaración del proveedor cuando recibas una preocupación justificada.

Lista de comprobación para empezar

  • Identifica qué productos compras o vendes que estén en el anexo I, con su código arancelario.
  • Decide tu rol para cada producto con el árbol de arriba; anota los casos de doble rol.
  • Mira tu fecha: 30-12-2026, 30-6-2027 o 30-12-2027 según tu tamaño y el producto.
  • Pide los datos a tus proveedores: geolocalización o número de declaración, según su rol.
  • Valida la geolocalización antes de subirla, para no descubrir los errores el día de la importación.
  • Crea tu acceso al Sistema de Información con EU Login y, si importas o exportas, ten a mano tu número EORI.
  • Decide dónde guardarás todo durante cinco años: proveedores, clientes, números de declaración y documentos.

Tienes los pasos detallados en la guía cómo presentar la DDS en TRACES y la declaración simplificada con SIGPAC.

Sanciones: lo que dice el reglamento y lo que falta en España

El artículo 25 obliga a cada Estado miembro a fijar un régimen de sanciones «efectivas, proporcionadas y disuasorias» que incluya, como mínimo:

  • Multas proporcionales al daño ambiental y al valor de los productos. Para las personas jurídicas, el importe máximo debe llegar al menos al 4 % del volumen de negocios anual en la UE.
  • La confiscación de los productos y de los ingresos obtenidos con ellos.
  • La exclusión temporal, hasta 12 meses, de la contratación pública y de las ayudas públicas.
  • La prohibición temporal de vender o exportar los productos en caso de infracción grave o reincidencia.

En España, el Gobierno aprobó en junio de 2025 un anteproyecto de ley para aplicar el reglamento. A fecha de esta revisión no hemos encontrado una ley aprobada, así que las cuantías y tipos de infracción españoles no están vigentes. Desconfía de las cifras concretas de multas que circulan: actualizaremos este apartado cuando se publique la ley en el BOE.

Qué sigue pendiente

  • La ley española de sanciones, todavía en fase de anteproyecto.
  • El certificado TARIC que usarán los operadores posteriores que exporten productos ya cubiertos por una declaración; el MITECO indica que el documento está pendiente de publicar.
  • Los repositorios europeos de legislación por país y de sistemas de certificación, previstos antes de diciembre de 2026.
  • La conexión de las bases de datos nacionales con el Sistema de Información, que podría evitar a los pequeños productores presentar la declaración simplificada.
  • La interfaz de ventanilla única de aduanas, prevista para 2029.
  • La revisión general del reglamento, prevista para 2030, que puede volver a cambiar el alcance.

Preguntas frecuentes sobre la EUDR

¿Cuándo entra en vigor la EUDR?

El Reglamento (UE) 2023/1115 está en vigor desde el 29 de junio de 2023, pero sus obligaciones se aplican desde el 30 de diciembre de 2026 para grandes y medianas empresas, operadores posteriores y comerciantes. Los micro y pequeños operadores que ya lo eran a 31 de diciembre de 2024 tienen hasta el 30 de junio de 2027, salvo para la madera del antiguo reglamento EUTR. Los productos añadidos en 2026 se aplican desde el 30 de diciembre de 2027.

¿Qué productos afecta el reglamento de deforestación?

Siete materias primas y los productos derivados que figuran en su anexo I: ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera. Por ejemplo, carne y cuero de vacuno, chocolate, café, aceite de palma, neumáticos, harina de soja, muebles, papel o carbón vegetal. El Reglamento Delegado (UE) 2026/2102 añade, entre otros, el café soluble y el jabón de palma.

¿La EUDR afecta a los agricultores y ganaderos españoles?

Sí, si producen soja, madera o ganado bovino y lo venden en el mercado de la UE o lo exportan. La mayoría serán micro o pequeños operadores primarios: presentan una sola declaración simplificada y pueden identificar la parcela con la dirección postal, la referencia catastral o el recinto SIGPAC. Su fecha es el 30 de junio de 2027.

¿Qué diferencia hay entre operador, operador posterior y comerciante?

El operador es el primero que introduce el producto en el mercado de la UE (porque lo produce o lo importa) o lo exporta: hace la diligencia debida y presenta la declaración. El operador posterior transforma un producto que ya estaba en el mercado y el comerciante lo vende sin transformarlo. Estos dos solo guardan los datos de proveedores y clientes durante cinco años y, si no son pymes, se registran en el Sistema de Información.

¿Qué multas hay por incumplir la EUDR?

El reglamento obliga a cada Estado miembro a fijar sanciones con un máximo de, al menos, el 4 % del volumen de negocios anual en la UE para las personas jurídicas, más confiscación de productos e ingresos y exclusión de contratos públicos hasta 12 meses. En España, a fecha de esta revisión, la ley que debe concretarlas solo existe como anteproyecto aprobado por el Gobierno en junio de 2025, así que las cuantías españolas aún no están vigentes.

¿España es un país de riesgo bajo?

Sí. Según el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093, los Estados miembros de la UE están clasificados como de riesgo bajo, lo que permite la diligencia debida simplificada y, para los pequeños productores, la declaración simplificada. Solo cuatro países figuran como de riesgo alto: Bielorrusia, Corea del Norte, Myanmar y Rusia.

¿Necesito un programa para cumplir la EUDR?

No es obligatorio. Con pocas parcelas y pocos proveedores basta con una hoja de cálculo bien llevada y el Sistema de Información de la Comisión. Un programa compensa cuando recibes datos de muchos proveedores o socios, haces muchas declaraciones o tienes que pasar los números de referencia a tus clientes en cada venta.

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