Me ha tocado la mesa electoral y soy autónomo: ¿me puedo librar? ¿qué cobro?
SORTEO DE MESAS: DEL 31 DE OCTUBRE AL 4 DE NOVIEMBRE
Verificado el 12 de octubre de 2026 con la LOREG, la Instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central sobre excusas y la Orden INT/650/2026 (dieta de 75 euros). Elecciones generales del domingo 29 de noviembre, convocadas por el Real Decreto 806/2026.
La respuesta directa: ser autónomo no te libra por sí solo de la mesa electoral. Puedes alegarlo en los siete días siguientes a la notificación, pero la Junta Electoral de Zona solo lo acepta si demuestras que te causa un perjuicio grave que no puedes evitar. Si te toca, cobras 75 euros como cualquier miembro de mesa y no tienes permiso del lunes, porque no tienes una empresa que te lo dé.
Lo que sí te puede librar es alguna de las excusas tasadas: tener entre 65 y 70 años, estar de baja, estar embarazada de seis meses o más, cuidar de un hijo menor de ocho años o de un familiar dependiente, entre otras. Abajo tienes la lista completa y un comprobador rápido.
Calendario de la mesa electoral para el 29N
| Paso | Fecha |
|---|---|
| Sorteo público en tu ayuntamiento | Entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre |
| Notificación en tu domicilio | En los 3 días siguientes al sorteo |
| Plazo para alegar una excusa | 7 días desde que la recibes |
| Respuesta de la Junta Electoral de Zona | En 5 días, sin recurso |
| Constitución de la mesa | Domingo 29 de noviembre, a las 8:00 |
| Votación y escrutinio | De 9:00 a 20:00, y después el recuento |
Plazos de los artículos 26 y 27 de la LOREG aplicados a la convocatoria publicada en el BOE el 6 de octubre de 2026. Verificado el 12 de octubre de 2026.
Excusas que te libran de la mesa
La Instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central separa las causas que bastan por sí solas, si las acreditas, de las que la Junta valora caso por caso.
| Causa | Cómo funciona |
|---|---|
| Tener entre 65 y 70 años | Basta con alegarla. Con más de 70 no te pueden nombrar. |
| Discapacidad reconocida o incapacidad permanente absoluta | Basta con acreditarla |
| Baja médica (incapacidad temporal) | Basta con el parte de baja |
| Embarazo de seis meses o más, o descanso por nacimiento | Basta con acreditarlo |
| Lactancia de un bebé menor de nueve meses | Basta con acreditarlo |
| Cuidado directo de menores de ocho años, personas con discapacidad o familiares dependientes | Con libro de familia o certificado de dependencia |
| Enfermedad, operación o prueba médica que no se puede aplazar | La Junta lo valora con el informe médico |
| Trabajo en servicios esenciales ese día (sanidad, bomberos, protección civil) | Con certificado del responsable del servicio |
| Un acontecimiento previsto antes de la convocatoria (boda, viaje pagado) | La Junta lo valora con los justificantes |
| Ser autónomo y tener trabajo ese día | No basta por sí solo. Solo si acreditas un perjuicio grave e inevitable |
Comprueba si tienes una excusa
Resultado: Difícil
Ser autónomo no es una excusa por sí sola.
Orientativo. Decide la Junta Electoral de Zona de tu partido judicial. Alega siempre dentro de los 7 días.
Cómo alegar si eres autónomo
- Escrito a la Junta Electoral de Zona que aparece en la notificación. Con tu nombre, DNI, la mesa y el cargo asignados, el motivo y la petición de que te excusen.
- Pruebas del perjuicio. Un contrato, un presupuesto aceptado o una reserva para ese domingo, con fecha anterior a la convocatoria; y explica por qué nadie más puede hacerlo.
- Que no parezca una simple molestia. Perder la caja de un domingo no suele bastar. Un evento contratado del que depende el cliente, sí puede.
- Dentro de los 7 días. Fuera de plazo solo se admiten causas sobrevenidas, como una enfermedad.
- Guarda el sello de entrada o el justificante del registro electrónico.
Si te toca: qué cobras y qué pasa con el negocio
Como miembro de mesa cobras una dieta de 75 euros por la jornada, la misma cantidad que un asalariado. La paga el Ministerio del Interior después de las elecciones. En la dieta de la mesa electoral y Hacienda explico cómo se cobra y si tienes que declararla.
Lo que no tienes es el permiso del día siguiente: los trabajadores por cuenta ajena tienen 5 horas menos de jornada el lunes 30, pagadas por la empresa, pero un autónomo no tiene a quién pedirlas. Si además tienes empleados, ojo: si a uno de ellos le toca la mesa, eres tú quien tiene que darle ese día y esas horas. Lo cuento en qué hacer si a tu trabajador le toca la mesa electoral.
Si tu negocio abre en domingo, organízate con tiempo: deja un aviso en tu web, en tu ficha de Google y en tus redes con el horario de ese día. Es poco trabajo y evita clientes que se encuentran la persiana bajada.
Si no te presentas
No acudir sin causa justificada, o abandonar la mesa, es un delito del artículo 143 de la LOREG: prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses. No es una sanción administrativa: se abre un procedimiento penal. Si algo te impide ir a última hora, comunícalo a la Junta con el justificante cuanto antes.
Historial de actualizaciones
- 12 de octubre de 2026 — Primera publicación con el calendario del 29N, la lista de excusas de la Instrucción 6/2011 y la dieta de 75 euros.
Preguntas frecuentes sobre la mesa electoral para autónomos
¿Ser autónomo me libra de la mesa electoral?
No por sí solo. La Instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central no recoge ser trabajador por cuenta propia entre las excusas. Puedes alegarlo, pero la Junta Electoral de Zona solo suele aceptarlo si acreditas un perjuicio grave e inevitable, por ejemplo un servicio contratado para ese día que no puedes aplazar ni encargar a otra persona.
¿Cuándo es el sorteo de la mesa electoral para el 29N?
Los ayuntamientos lo hacen entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026, y tienen tres días para notificarlo. A partir de que recibes la notificación tienes siete días para presentar la alegación.
¿Cuánto cobra un autónomo por estar en la mesa electoral?
Lo mismo que cualquiera: 75 euros por la jornada, según la Orden INT/650/2026. Lo cobran íntegro el presidente y los vocales. Los suplentes solo cobran si acaban formando parte de la mesa.
¿Tengo derecho a la reducción de 5 horas del lunes siendo autónomo?
No hay a quién pedírsela: ese derecho existe frente a una empresa. Como autónomo organizas tu horario. Si además trabajas por cuenta ajena a tiempo parcial, en ese empleo sí tienes la jornada del domingo pagada y la reducción de 5 horas el lunes 30.
¿Qué pasa si no me presento a la mesa electoral?
Es un delito del artículo 143 de la LOREG, castigado con prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses. Aunque los tribunales valoran el caso, no compensa arriesgarse: si tienes una causa, alégala en plazo.
¿Dónde se presenta la alegación?
Ante la Junta Electoral de Zona que figura en la notificación, normalmente en el juzgado de primera instancia de tu partido judicial. Por escrito, con tus datos, el motivo y los documentos que lo acrediten. La Junta resuelve en cinco días y su decisión no se puede recurrir.
¿Puedo cambiarme con otra persona?
No. El cargo es personal y no se puede ceder. Si no puedes acudir por una causa sobrevenida después del plazo, comunícalo cuanto antes a la Junta Electoral de Zona con el justificante; si no da tiempo, el mismo día a la mesa.