Declaración de la renta 2027: cuándo empieza, fechas previstas, quién tiene que hacerla y qué cambia
FECHAS AÚN NO OFICIALES
Verificado el 6 de octubre de 2026: la Agencia Tributaria no ha publicado la orden de la campaña de la renta 2026, que es la que se presenta en 2027. Suele aprobarse en marzo. Las fechas de esta página son una previsión basada en las campañas de 2024, 2025 y 2026; la actualizaré el día que salga la oficial.
La respuesta directa: la renta 2027 (ejercicio 2026) se presentará previsiblemente desde primeros de abril hasta el miércoles 30 de junio de 2027. Las tres últimas campañas empezaron el 3, el 2 y el 8 de abril, siempre en miércoles, y acabaron el 30 de junio o el primer día hábil siguiente. La fecha exacta la fija la orden de Hacienda, que aún no ha salido.
La búsqueda «cuándo se hace la declaración de la renta 2027» empieza a crecer en octubre, mucho antes de que haya fechas oficiales. Por eso esta página separa lo que ya es seguro (quién declara, qué novedades están publicadas en el BOE, qué hay que hacer antes de fin de año) de lo que todavía es previsión. Escribo para autónomos y negocios pequeños, pero las fechas son las mismas para cualquier contribuyente.
Fechas previstas de la renta 2027, comparadas con las anteriores
| Trámite | Campaña 2024 (renta 2023) | Campaña 2025 (renta 2024) | Campaña 2026 (renta 2025) | Campaña 2027 (renta 2026) |
|---|---|---|---|---|
| Inicio por internet (app y Renta Web) | 3 de abril | 2 de abril | 8 de abril | PREVISIÓN 7 de abril |
| Por teléfono (con cita) | Desde principios de mayo | Desde el 6 de mayo | Desde el 6 de mayo | PREVISIÓN principios de mayo |
| En oficinas (con cita) | Desde el 3 de junio | Desde el 2 de junio | Desde el 1 de junio | PREVISIÓN 1 de junio |
| Último día con domiciliación | 26 de junio | 25 de junio | 25 de junio | PREVISIÓN 25 de junio |
| Último día para presentar | 1 de julio | 30 de junio | 30 de junio | PREVISIÓN 30 de junio |
| Segundo plazo del pago (40 %) | 5 de noviembre | 5 de noviembre | 5 de noviembre | 5 de noviembre |
Campaña 2026: «Plazo y forma de presentación» de la Sede de la Agencia Tributaria y nota del Ministerio de Hacienda del 8 de abril de 2026 (La Moncloa). Campañas anteriores: calendarios del contribuyente de la AEAT. La columna de 2027 es una previsión propia que repite el patrón (inicio en miércoles a primeros de abril y cierre el 30 de junio); el 30 de junio de 2027 cae en miércoles, así que no se desplazaría. Verificado el 6 de octubre de 2026.
Dos detalles que conviene tener presentes. Primero, la renta del año que viene se presenta sobre lo que pasa este año: todo lo que puedas hacer para pagar menos tiene que ocurrir antes del 31 de diciembre de 2026. Segundo, si eres autónomo y pagas el modelo 130 cada trimestre, la renta ajusta lo que ya has adelantado: si llevas bien los trimestres, en junio no debería haber sorpresas.
¿Tienes que hacer la renta? Los límites para 2027
No hay cambios publicados en los límites de obligación para el ejercicio 2026. Son los mismos de la campaña anterior:
| Situación | Obligado a declarar si… |
|---|---|
| Autónomo o con cualquier actividad económica | Siempre, sea cual sea el resultado |
| Asalariado o pensionista con un solo pagador | Más de 22.000 € brutos al año |
| Dos o más pagadores (el segundo y siguientes, más de 1.500 €) | Más de 15.876 € brutos al año |
| Rendimientos del capital y ganancias con retención (intereses, dividendos, fondos) | Más de 1.600 € al año |
| Alquileres, letras del Tesoro, subvenciones de vivienda | Más de 1.000 € al año |
| Perceptor del ingreso mínimo vital | Siempre |
Artículo 96 de la Ley 35/2006 del IRPF y ayuda de la campaña 2025 de la Agencia Tributaria. Aunque no estés obligado, te conviene presentarla si te sale a devolver. Verificado el 6 de octubre de 2026.
Comprobación rápida
Orientativa, para el caso más común: sueldo o pensión, con o sin actividad como autónomo.
No estás obligado por tus rendimientos del trabajo.
Si te sale a devolver (por las retenciones o por deducciones), te conviene presentarla igualmente.
Novedades ya publicadas que afectan a la renta 2026
- Nueva deducción para sueldos bajos (Real Decreto-ley 5/2026, BOE del 19 de febrero de 2026). Hasta 590,89 euros para quien gana hasta 17.094 euros brutos del trabajo, que baja de forma progresiva hasta desaparecer en 20.048,45 euros. Sirve para que quien cobra el salario mínimo no pague IRPF. No se aplica si tienes otras rentas, distintas del trabajo, de más de 6.500 euros.
- Coche eléctrico y punto de recarga (Real Decreto-ley 7/2026, BOE del 21 de marzo de 2026). Se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2026 las deducciones por comprar un vehículo eléctrico y por instalar un punto de recarga. Si estás pensando en cambiar la furgoneta de reparto, la compra tiene que cerrarse este año.
- Obras de eficiencia energética en vivienda. El mismo real decreto-ley prorroga las deducciones por obras que reducen la demanda de calefacción y refrigeración o el consumo de energía primaria: hasta el 31 de diciembre de 2026 en viviendas y hasta el 31 de diciembre de 2027 en edificios residenciales.
- Autoconsumo con renovables. El Real Decreto-ley 7/2026 añade una deducción para instalaciones de autoconsumo en 2026. Guarda las facturas y el certificado de la instalación.
Reales decretos-leyes 5/2026 y 7/2026 publicados en el BOE. La aplicación concreta de cada deducción (porcentajes, bases y requisitos) la recoge el manual de la campaña que publica la AEAT en primavera: confirma en tu borrador que aparecen. Verificado el 6 de octubre de 2026.
Lo que puedes hacer antes del 31 de diciembre para pagar menos
- Aportar al plan de pensiones. Hasta 1.500 euros en un plan individual reducen tu base. Si eres autónomo, puedes sumar hasta 4.250 euros más en un plan de pensiones de empleo simplificado para autónomos: 5.750 en total. Si tu tipo marginal es del 30 %, aportar 1.500 euros ahorra unos 450 euros en junio.
- Hacer los donativos que tengas pensados. El 80 % de los primeros 250 euros donados a ONG acogidas a la Ley de mecenazgo vuelve en la deducción, y el 40 % del resto (45 % si repites con la misma entidad tres años).
- Cerrar compras con deducción prorrogada. El coche eléctrico, el punto de recarga y las obras de eficiencia en vivienda tienen que estar hechos y pagados en 2026.
- Si eres autónomo, ordenar los gastos del año. Una factura de diciembre que llega en enero va al año siguiente. Revisa con tu gestoría que estén todas: suministros de la parte de casa que usas para trabajar, cuota de autónomos, seguro, móvil, web y programas.
- Si estás en módulos y quieres cambiar a estimación directa en 2027, la renuncia se presenta en diciembre. Lo explico en módulos 2027: límites y qué decidir.
Historial de actualizaciones
- 6 de octubre de 2026 — Primera publicación. Sin orden de la campaña; fechas previstas con el patrón 2024-2026. Novedades de los Reales Decretos-leyes 5/2026 y 7/2026. Límites de obligación sin cambios.
Preguntas frecuentes sobre la declaración de la renta 2027
¿Cuándo se hace la declaración de la renta 2027?
La renta que se presenta en 2027 es la del ejercicio 2026. La Agencia Tributaria publica las fechas oficiales en una orden que suele salir en marzo; a 6 de octubre de 2026 aún no existe. Si se repite el patrón de las tres últimas campañas, se podrá presentar por internet desde principios de abril de 2027 (previsión: miércoles 7 de abril) hasta el miércoles 30 de junio de 2027.
¿Cuándo empieza la renta 2027?
Previsiblemente a primeros de abril de 2027. La campaña de 2024 empezó el 3 de abril, la de 2025 el 2 de abril y la de 2026 el 8 de abril, siempre en miércoles. Por teléfono se empieza a principios de mayo y en las oficinas el 1 de junio, con cita previa unos días antes.
¿Cuál es el último día para presentar la renta 2027?
Previsiblemente el miércoles 30 de junio de 2027. Si quieres domiciliar el pago, el plazo termina unos días antes: el 25 de junio en las últimas campañas. Si la declaración sale a devolver puedes presentarla hasta el 30 de junio igualmente.
¿Quién está obligado a hacer la renta 2027?
Los autónomos y cualquiera con rendimientos de una actividad económica, siempre. Los asalariados, si ganaron más de 22.000 euros brutos de un solo pagador, o más de 15.876 euros si tuvieron dos o más pagadores y el segundo y siguientes pagaron más de 1.500 euros. Hay más supuestos (alquileres, ganancias de más de 1.600 euros, quien quiera aplicarse deducciones) y quien cobra el ingreso mínimo vital también debe declarar.
¿Qué novedades tiene la renta 2026 que se presenta en 2027?
Las principales ya publicadas: la deducción para rentas del trabajo bajas del Real Decreto-ley 5/2026, de hasta 590,89 euros para quien cobra hasta 17.094 euros, que deja el salario mínimo sin tributar; y la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 de las deducciones por compra de vehículo eléctrico, punto de recarga y obras de eficiencia energética del Real Decreto-ley 7/2026. Hasta que salga la orden de la campaña puede haber más cambios.
¿Se puede pagar la renta en dos plazos?
Sí, si presentas en plazo: el 60 % al presentar la declaración y el 40 % restante el 5 de noviembre, sin intereses. Para 2027 sería el viernes 5 de noviembre de 2027. Si eliges domiciliar el primer plazo, tienes que presentar antes del cierre de la domiciliación, a finales de junio.
¿Qué puedo hacer antes del 31 de diciembre para pagar menos en la renta 2027?
Lo que cuenta para la renta 2026 tiene que hacerse dentro de 2026: aportar al plan de pensiones (hasta 1.500 euros, y los autónomos hasta 5.750 en un plan de empleo simplificado), hacer donativos (el 80 % de los primeros 250 euros vuelve en la deducción) o terminar la compra del coche eléctrico o la obra de eficiencia energética antes de que acabe la prórroga. Lo que hagas el 2 de enero ya va a la renta del año siguiente.