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AYUDAS Y NORMATIVA

Días por fallecimiento de un familiar en 2026: cuántos te corresponden según el parentesco

6 min de lectura Por Juanfran, de TuWebLocal Última verificación: 15 de octubre de 2026

SIGUEN SIENDO 2 DÍAS, 4 CON DESPLAZAMIENTO

Verificado el 15 de octubre de 2026 con el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción del Real Decreto-ley 5/2023. La ampliación a 10 días que se anunció no está publicada en el BOE.

2 díaspagados por ley
4 díassi hay desplazamiento
2.º gradoparentesco máximo
10 díasanunciados, sin aprobar

La respuesta directa: por el fallecimiento del cónyuge, la pareja de hecho o un familiar hasta segundo grado tienes 2 días de permiso pagado, y 4 si tienes que desplazarte. Eso incluye padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos, y los mismos parientes de tu cónyuge. Por tíos, sobrinos o primos no hay permiso legal, aunque tu convenio puede darlo.

Es una de las dudas laborales que más se buscan, y casi siempre en el peor momento. Por eso empiezo por lo práctico: elige el parentesco en el selector y te digo cuántos días te tocan.

Permiso por fallecimiento según el grado de parentesco en 2026: cónyuge o pareja de hecho, 2 días; primer grado (padres, hijos, suegros, yernos y nueras), 2 días; segundo grado (abuelos, nietos, hermanos y cuñados), 2 días; 4 días si hay desplazamiento; tercer grado (tíos, sobrinos) y cuarto grado (primos), sin permiso legal; fuente artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, verificado el 15 de octubre de 2026

¿Cuántos días te corresponden por tu familiar?

Parentesco: primer grado por consanguinidad

Te corresponden: 2 días pagados

Si tu convenio da más días, se aplica el convenio. Revisa también si los cuenta como laborables.

Mínimo legal del Estatuto de los Trabajadores. Tu convenio colectivo puede mejorarlo. Si la persona estuvo hospitalizada antes de fallecer, el permiso de 5 días por hospitalización es distinto y se suma.

Tabla de grados de parentesco

El parentesco por consanguinidad es el de sangre; el de afinidad, el que tienes con los familiares de tu cónyuge. Se cuentan los grados subiendo y bajando generaciones: tu padre está a un grado, tu hermano a dos (subes a tu padre y bajas a tu hermano).

GradoConsanguinidad (tu familia)Afinidad (familia de tu cónyuge)Permiso legal
1.ºPadres e hijosSuegros, yernos y nueras2 días (4 con desplazamiento)
2.ºAbuelos, nietos y hermanosAbuelos y hermanos de tu cónyuge (cuñados)2 días (4 con desplazamiento)
3.ºTíos, sobrinos y bisabuelosTíos y sobrinos de tu cónyugeSin permiso legal
4.ºPrimosPrimos de tu cónyugeSin permiso legal

El cónyuge y la pareja de hecho tienen permiso sin necesidad de grado. Artículo 37.3.b bis del Estatuto de los Trabajadores. Verificado el 15 de octubre de 2026.

¿Los días son naturales o laborables?

El Estatuto solo dice «días», sin más. Si tu convenio no aclara que son laborables, se cuentan como naturales: un fallecimiento el jueves da jueves y viernes. Muchos convenios recientes hablan de días laborables, lo que en la práctica alarga el permiso cuando cae cerca del fin de semana.

Sobre cuándo empieza a contar, el Tribunal Supremo ha entendido desde 2018 que, si el hecho ocurre en un día que no trabajas, el permiso arranca el primer día laborable siguiente. Si el fallecimiento ocurre un sábado y descansas los fines de semana, tus dos días serían lunes y martes.

¿Cuándo hay 4 días por desplazamiento?

Cuando, con motivo del fallecimiento, necesitas hacer un desplazamiento. La ley no fija kilómetros. Los convenios suelen concretarlo, con fórmulas como «fuera de la provincia» o «a más de 200 kilómetros». Si el tuyo no lo dice, lo razonable es que el viaje te impida ir y volver en el mismo día con normalidad. Ante la duda, explícaselo a la empresa por escrito.

¿Ya son 10 días? Lo que pasó con la ampliación

En diciembre de 2025, el Ministerio de Trabajo pactó con CCOO y UGT ampliar el permiso por fallecimiento a 10 días, junto a otros cambios en permisos. Ese acuerdo no llegó al BOE. Con la disolución de las Cortes para las elecciones del 29 de noviembre, los proyectos en tramitación decaen y la reforma tendría que empezar de nuevo en la próxima legislatura, o aprobarse por real decreto-ley.

Mientras tanto, lo que se aplica son los 2 días, o 4 con desplazamiento, y lo que mejore tu convenio. Tienes el detalle de qué normas quedan en el aire en las leyes que decaen con las elecciones del 29N.

Otros permisos que pueden sumarse

  • Enfermedad grave u hospitalización previa: 5 días por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de un familiar hasta segundo grado. Este sí incluye expresamente a los familiares de la pareja de hecho.
  • Fuerza mayor familiar: hasta 4 días al año, por horas, por urgencias familiares imprevisibles. Están retribuidos.
  • Vacaciones o asuntos propios: si tu caso no entra en el permiso legal, como un tío o un primo, puedes pedir días de vacaciones o los de libre disposición que dé tu convenio.

Tienes todos los permisos, con días y quién los paga, en permisos retribuidos 2026.

Si tienes empleados: cómo gestionarlo

  1. Concede el permiso en cuanto te avisen. No es una concesión de la empresa: es un derecho.
  2. Pide el justificante con tacto y sin prisa: el certificado de defunción o la esquela suelen bastar.
  3. Págalo como salario normal en la nómina. No se descuenta ni se recupera.
  4. Revisa tu convenio por si da más días o los cuenta como laborables. Lo que diga el convenio prevalece si es más favorable.

Historial de actualizaciones

  • 15 de octubre de 2026 — Primera publicación con la tabla de grados, el estado de la ampliación a 10 días y el selector por parentesco.

Preguntas frecuentes sobre el permiso por fallecimiento

¿Cuántos días de permiso hay por fallecimiento de un familiar?

Dos días pagados por la muerte del cónyuge, la pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado. Si por ese motivo necesitas desplazarte, cuatro días. Tu convenio colectivo puede dar más, y muchos lo hacen para el cónyuge, los padres y los hijos.

¿Cuántos días me dan por la muerte de un abuelo?

Dos días, o cuatro si tienes que desplazarte. Los abuelos son parientes de segundo grado por consanguinidad, así que entran en el permiso legal. Lo mismo vale para los abuelos de tu cónyuge, que son de segundo grado por afinidad.

¿Hay permiso por la muerte de un tío o un primo?

Por ley, no. Los tíos y sobrinos son parientes de tercer grado y los primos de cuarto, fuera del permiso del Estatuto. Algunos convenios dan un día por tíos o sobrinos: revisa el tuyo. Si no hay nada, puedes pedir un día de vacaciones o asuntos propios.

¿Ya son 10 días por fallecimiento?

No. A 15 de octubre de 2026 la ampliación a 10 días no se ha publicado en el BOE, así que siguen siendo 2 días, o 4 con desplazamiento. Con las Cortes disueltas por las elecciones del 29 de noviembre, la reforma tendría que volver a tramitarse en la próxima legislatura.

¿Los días por fallecimiento son naturales o laborables?

El Estatuto solo habla de días. Salvo que tu convenio diga que son laborables, se cuentan como naturales. Eso sí, el Tribunal Supremo ha entendido que si el fallecimiento ocurre en un día que no trabajas, el permiso empieza a contar el primer día laborable siguiente.

¿Qué se considera desplazamiento para tener 4 días?

La ley no fija una distancia. Muchos convenios lo concretan, por ejemplo a partir de 200 kilómetros o fuera de la provincia. Si el tuyo no dice nada, se valora caso por caso según si el viaje te impide volver a trabajar en el plazo normal.

¿Qué justificante tengo que presentar?

Normalmente el certificado de defunción o la esquela, y el libro de familia u otro documento que acredite el parentesco si la empresa lo pide. Avisa en cuanto puedas; la ley no exige un plazo concreto de preaviso en este caso.