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AYUDAS Y NORMATIVA

Permisos retribuidos 2026: cuántos días te corresponden por ley

7 min de lectura Por Juanfran, de TuWebLocal Última verificación: 11 de octubre de 2026

EN VIGOR EN 2026

Verificado el 11 de octubre de 2026 con el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, ya con las reformas de 2023 (RDL 5/2023), 2024 (RDL 8/2024, permiso climático) y 2025 (RDL 9/2025, nacimiento de 19 semanas).

15 díasmatrimonio o pareja de hecho
5 díashospitalización de un familiar
2 díasfallecimiento (4 con viaje)
19 semanasnacimiento

La respuesta directa: por ley tienes 15 días por boda, 5 por accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar, 2 por fallecimiento (4 si hay que viajar), 1 por mudanza y hasta 4 al año por fuerza mayor familiar, todos pagados. Tu convenio puede mejorarlos, nunca empeorarlos.

Hay que avisar a la empresa con antelación cuando se pueda y justificar el motivo. Abajo tienes la tabla completa, un buscador por situación y lo que conviene hacer si te ponen pegas.

Días de permiso retribuido en 2026 según el Estatuto de los Trabajadores: matrimonio 15 días, hospitalización o enfermedad grave de un familiar 5 días, fuerza mayor familiar 4 días al año, emergencia climática hasta 4 días, fallecimiento 2 días o 4 con desplazamiento, mudanza 1 día; nacimiento 19 semanas; fuente artículo 37 del Estatuto, verificado el 11 de octubre de 2026

Tabla de permisos retribuidos en 2026

MotivoDuraciónPrecepto
Matrimonio o registro de pareja de hecho15 días naturalesArt. 37.3.a ET
Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja, familiar hasta 2.º grado o conviviente5 díasArt. 37.3.b ET
Fallecimiento de cónyuge, pareja o familiar hasta 2.º grado2 días; 4 con desplazamientoArt. 37.3.b bis ET
Traslado del domicilio habitual1 díaArt. 37.3.c ET
Deber inexcusable de carácter público y personal (juicio, mesa electoral, DNI)El tiempo indispensableArt. 37.3.d ET
Funciones sindicales o de representaciónLas horas que marque la leyArt. 37.3.e ET
Exámenes prenatales y preparación al parto; trámites de adopción y acogimientoEl tiempo indispensableArt. 37.3.f ET
Imposibilidad de acudir por una alerta o emergencia climáticaHasta 4 díasArt. 37.3.g ET
Fuerza mayor familiar urgenteHasta 4 días al año, por horasArt. 37.9 ET
Lactancia de un menor de 9 meses1 hora diaria o jornadas acumuladasArt. 37.4 ET

Familiar hasta segundo grado: padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos, propios y del cónyuge. Los días de nacimiento (19 semanas, 6 obligatorias tras el parto) los paga la Seguridad Social, no la empresa. El permiso parental de 8 semanas no es retribuido. Verificado el 11 de octubre de 2026.

Busca tu permiso

Te corresponde: 5 días

Para cónyuge, pareja de hecho, familiares hasta segundo grado o cualquier conviviente que necesite tu cuidado.

Es el mínimo del Estatuto. Tu convenio puede darte más días: compruébalo antes de pedirlo.

Cómo pedirlo sin problemas

  • Avisa por escrito (correo o mensaje) con el motivo y la fecha, y guarda copia.
  • Lleva el justificante: informe de hospitalización, certificado de defunción, empadronamiento, citación.
  • Mira tu convenio. Muchos dan días extra, cuentan días hábiles en lugar de naturales o incluyen consultas médicas.
  • Para el dueño de un negocio. Ten la tabla a mano y un registro de permisos: evita discusiones y es lo que pide la Inspección. Si quieres un formulario en tu web para que el equipo los solicite, lo puedo montar.

Historial de actualizaciones

  • 11 de octubre de 2026 — Primera publicación. Tabla de permisos con las reformas de 2023, 2024 y 2025 y buscador por motivo.

Preguntas frecuentes sobre los permisos retribuidos

¿Cuántos días de permiso hay por fallecimiento de un familiar?

Dos días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o un pariente hasta segundo grado (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos y los mismos parientes políticos). Si necesitas desplazarte, cuatro días. Muchos convenios lo amplían, sobre todo para el cónyuge, padres e hijos.

¿Cuántos días hay por hospitalización de un familiar?

Cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado o cualquier persona que conviva contigo y necesite tu cuidado. Desde 2023 ya no hay días extra por desplazamiento en este caso.

¿Los días de permiso son naturales o hábiles?

El Estatuto no lo dice para todos los casos. El de matrimonio son 15 días naturales. Para el resto, el Tribunal Supremo ha dicho que se empiezan a contar el primer día laborable si el hecho ocurre en un día no laborable. Mira tu convenio: muchos especifican si son hábiles o naturales.

¿Qué es el permiso por fuerza mayor de 4 días?

Puedes ausentarte por motivos familiares urgentes e imprevisibles, como un accidente o una enfermedad de un familiar o conviviente que exija tu presencia inmediata. Es de hasta cuatro días al año, se puede tomar por horas y se cobran esas horas. Tienes que acreditar el motivo.

¿Hay permiso retribuido para ir al médico?

El Estatuto no recoge un permiso general para ir a tu propio médico. Lo dan muchos convenios. Sí hay permiso para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, y para acompañar a un familiar se puede usar el de fuerza mayor si es urgente.

¿Hay permiso por mudanza?

Sí, un día por traslado del domicilio habitual. Algunos convenios dan dos días.

¿Qué hago si la empresa no me da el permiso?

Solicítalo por escrito, con el motivo y el justificante, y guarda copia. Si lo deniega, puedes acudir a la representación de los trabajadores o a la Inspección de Trabajo, o reclamar ante el juzgado de lo social. Si faltas sin que esté claro que te corresponde, te arriesgas a una sanción.

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