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AUTÓNOMOS

Hacienda, Bizum y el TPV en 2026: qué sabe de lo que cobra tu negocio (y qué es bulo)

7 min de lectura Por Juanfran, de TuWebLocal Última verificación: 29 de septiembre de 2026

EN VIGOR DESDE EL 1 DE ENERO DE 2026

Tu banco informa cada mes a Hacienda del total que cobra tu negocio con tarjeta y Bizum, desde el primer euro. Los Bizum entre particulares no entran.

La respuesta directa: si tienes un negocio, Hacienda sabe cada mes cuánto has cobrado por datáfono y por Bizum, y puede compararlo con el IVA y el IRPF que declaras. No ve cada operación, ve el total del mes. Si facturas todo lo que cobras, no cambia nada para ti. Si no, el descuadre salta solo.

Lo explico porque es la duda que más oigo este año en bares, peluquerías y tiendas de la Región de Murcia, casi siempre mezclada con bulos de WhatsApp. Aquí va lo que dice el BOE, lo que no dice y lo que conviene revisar.

Circuito de la información de cobros: el cliente paga con tarjeta o Bizum, el banco suma los cobros del mes, presenta el modelo 170 a Hacienda al mes siguiente y Hacienda lo cruza con los modelos 303 y 130 del negocio

Lo que es verdad y lo que es bulo

Lo que se dice¿Es cierto?Lo que dice la norma
«Hacienda ve todos los Bizum de tu negocio»SÍLos cobros de empresarios y profesionales con pagos asociados al móvil, cada mes (art. 38 bis RGAT)
«Ya no hay mínimo de 3.000 euros»SÍEl umbral desaparece desde el 1 de enero de 2026 (RD 253/2025)
«Hacienda ve cada operación»NOSe informa del importe mensual acumulado y del número de operaciones
«Si recibes más de 25 Bizum al año te investigan»BULONo existe ese umbral en ninguna norma
«Hay que declarar los Bizum de la cena con amigos»BULOHacienda lo desmintió en su nota del 15 de diciembre de 2025
«El banco informa de tus cuentas cada mes»MATIZEl modelo 196 pasa a ser mensual; saldos y totales anuales se informan en diciembre

Real Decreto 253/2025, de 1 de abril (BOE-A-2025-6599), que modifica los artículos 37 y 38 bis y añade el 38 ter del Reglamento aprobado por el RD 1065/2007; Orden HAC/747/2025, de 27 de junio (BOE-A-2025-14600), que aprueba los modelos 170, 196 y 174; nota aclaratoria del Ministerio de Hacienda del 15 de diciembre de 2025. Verificado el 29 de septiembre de 2026.

Qué recibe Hacienda exactamente

170mensual: cobros con tarjeta y Bizum de cada negocio
196ahora mensual: cuentas bancarias y de pago
174anual: tarjetas con movimientos de 25.000 € o más
  • Modelo 170: lo presentan bancos, entidades de pago y de dinero electrónico durante el mes siguiente. Incluye tus datos, el número de comercio y los terminales, el importe mensual cobrado con tarjeta y con Bizum por separado, el número de operaciones y la cuenta donde se abona. El primero se presentó en febrero de 2026 con los datos de enero.
  • Modelo 196: las cuentas, también las de entidades de pago. Los saldos y el total anual de cargos y abonos van en la declaración de diciembre.
  • Modelo 174: tarjetas cuyo total anual de cargos o de abonos llegue a 25.000 euros. El primero, sobre 2026, se presenta en enero de 2027.

Qué supone para tu negocio

Hacienda no necesita inspeccionarte para saber si algo no cuadra: tiene tu total de datáfono y Bizum del mes y tu base de IVA del trimestre. Los descuadres más habituales que he visto no son fraudes, son desorden:

  • Cobros sin factura ni ticket porque «era un Bizum de un conocido». Si es por tu trabajo, es un ingreso.
  • Devoluciones y anulaciones que en el TPV restan pero nadie apuntó.
  • Un mismo datáfono para dos negocios o para el negocio y cobros personales.
  • Señales y anticipos cobrados en un trimestre y facturados en otro sin anotarlo.

Y recuerda que el efectivo no es una salida: entre empresario y cliente no se puede pagar en efectivo 1.000 euros o más por operación (Ley 7/2012, modificada por la Ley 11/2021).

Cómo tenerlo cuadrado en 20 minutos al mes

1

Un cobro, un documento

Cada cobro por tarjeta o Bizum debe tener su factura o factura simplificada. Si cobras reservas o señales por la web, que la factura se genere sola en el momento del pago.

2

Cruza el extracto del TPV con tus ventas cada mes

Tu banco te da el resumen mensual del datáfono. Compáralo con la suma de tus facturas del mes y anota la causa de cada diferencia (devolución, cobro de enero facturado en diciembre).

3

Separa lo personal de lo del negocio

Un Bizum de empresa y otro personal, una cuenta para cada cosa. Te ahorra explicaciones.

Este cuadre es exactamente lo que un programa hace mejor que una persona: importar los movimientos del banco, casarlos con las facturas y avisarte de lo que no tiene pareja. Lo montamos como parte de la automatización de presupuestos y facturas, y encaja con lo que llega en 2027: desde el 1 de julio de 2027 los autónomos que facturen con programa tendrán que usar uno adaptado a Verifactu. Si te preocupa la sanción, las cifras están en multas de Verifactu.

Historial de actualizaciones

  • 29 de septiembre de 2026 — Primera publicación. Modelo 170 mensual en vigor desde enero de 2026; primer modelo 174 previsto para enero de 2027.

Preguntas frecuentes sobre Hacienda, Bizum y los cobros del negocio

¿Hacienda ve los Bizum que cobra un autónomo?

Sí, los que cobra como negocio. Desde el 1 de enero de 2026 los bancos y entidades de pago informan cada mes a la Agencia Tributaria, con el modelo 170, del importe total cobrado con tarjeta y con pagos asociados al móvil (Bizum) por cada empresario o profesional, sin ningún mínimo. No informan de cada operación, sino del importe acumulado mensual y el número de operaciones.

¿Cuánto Bizum puede recibir un autónomo sin declararlo?

Ninguno: todo lo que cobras por tu actividad es un ingreso que tienes que facturar y declarar, lo cobres en efectivo, con tarjeta, por transferencia o por Bizum. El umbral de 3.000 euros que existía para los cobros con tarjeta de los negocios desapareció en 2026. Los límites que ves por ahí («25 Bizum al año», «6.000 euros») no existen en la norma.

¿Hacienda controla los Bizum entre particulares?

No hay un informe específico. La nota aclaratoria de Hacienda del 15 de diciembre de 2025 dice que solo se declaran los cobros recibidos por empresarios y profesionales, y que quedan excluidos los cobros entre particulares. Lo que sí existe desde siempre es la información anual de saldos y movimientos de las cuentas.

¿Desde cuándo se informa a Hacienda de los cobros con TPV?

La obligación mensual sin umbral entró en vigor el 1 de enero de 2026 (Real Decreto 253/2025) y la primera declaración del modelo 170 se presentó en febrero de 2026 con los datos de enero. Antes ya se informaba de los cobros con tarjeta de los comercios, pero solo si superaban 3.000 euros al año.

¿Qué pasa si lo cobrado por TPV no cuadra con lo que declaro?

Hacienda puede cruzar cada mes lo que te informa el banco con las bases de IVA e IRPF que declaras. Si el cobro supera lo declarado sin explicación (devoluciones, cobros de otro negocio, anticipos), es un motivo típico de requerimiento o de comprobación limitada. Tener cada cobro enlazado con su factura es la mejor defensa.

¿Se puede cobrar en efectivo más de 1.000 euros a un cliente?

No, si una de las partes actúa como empresario o profesional: el límite de pagos en efectivo es de 1.000 euros por operación (Ley 7/2012, modificada por la Ley 11/2021), y trocear el pago no lo evita. Para particulares sin domicilio fiscal en España el límite es de 10.000 euros.